Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Aguascalientes del 2017-10-16

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
H. CONGRESO DEL ESTADO.- LXIII Legislatura
Decretos Números 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159 y 160.
PODER EJECUTIVO
OFICINA DEL C. GOBERNADOR
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES
INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
INSTITUTO DEL AGUA DEL ESTADO
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
H. AYUNTAMIENTO DE ASIENTOS
ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Í N D I C E :
Página 44
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
PRIMERA SECCIÓN
TOMO LXXX Aguascalientes, Ags., 16 de Octubre de 2017 Núm. 42
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Francisco Javier Luévano Núñez, Secretario General de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 16 de 2017
(Primera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
ASUNTO: DECRETO NÚMERO 151
28 de septiembre del 2017.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
P R E S E N T E .
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado
Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de
su función y facultad constitucional, ha tenido a bien
expedir el siguiente
Decreto Número 151
Punto de Acuerdo
ARTÍCULO ÚNICO.– El Congreso del Estado
de Aguascalientes, cita a comparecer ante el Pleno
Legislativo al Fiscal General del Estado, Licenciado
René Urrutia de la Vega, para que en el marco de
la glosa del Primer Informe del Ejecutivo Estatal, se
presente ante esta Soberanía y exponga, de manera
amplia el estado general que guarda la Fiscalía y la
actual procuración de justicia, evaluando el desarrollo
y resultados del sistema de justicia penal acusatorio
oral.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Con-
vención Revolucionaria de Aguascalientes”, del
Palacio Legislativo, a los veintiocho días del mes de
septiembre del año dos mil diecisiete.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima,
publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 28 de septiembre del
año 2017.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA:
Jesús Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza,
DIPUTADO PRESIDENTE.
Karina Ivette Eudave Delgado,
DIPUTADA PRIMERA SECRETARIA.
Arturo Fernández Estrada,
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO.
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
ASUNTO: DECRETO NÚMERO 152
28 de septiembre del 2017.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
P R E S E N T E .
GOBIERNO DEL ESTADO La LXIII Legislatura del Congreso del Estado
Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de
su función y facultad constitucional, ha tenido a bien
expedir el siguiente
Decreto Número 152
Punto de Acuerdo
ARTÍCULO ÚNICO.– La Sexagésima Tercera
Legislatura del Honorable Congreso del Estado,
exhorta al Titular del Poder Ejecutivo para que a tra-
vés del Director General del Instituto de Educación
de Aguascalientes, informe a esta Soberanía, como
urgente y obvia resolución, la relación puntual y pre-
cisa de las instituciones particulares autorizadas para
prestar servicios educativos desde los niveles inicial
hasta superior; es decir, aquellas que cuentan con el
llamado RVOE sea por parte de la autoridad federal
o local; así como también un informe detallado del
estado físico en que se encuentran las instalaciones
que ocupan las escuelas públicas en el Estado, desde
preescolar hasta la educación media superior, bajo
su autoridad y jurisdicción.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Con-
vención Revolucionaria de Aguascalientes”, del
Palacio Legislativo, a los veintiocho días del mes de
septiembre del año dos mil diecisiete.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima,
publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 28 de septiembre del
año 2017.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA:
Jesús Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza,
DIPUTADO PRESIDENTE.
Karina Ivette Eudave Delgado,
DIPUTADA PRIMERA SECRETARIA.
Arturo Fernández Estrada,
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO.
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
ASUNTO: DECRETO NÚMERO 153
28 de septiembre del 2017.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
P R E S E N T E .
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado
Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de
su función y facultad constitucional, ha tenido a bien
expedir el siguiente
Decreto Número 153
Punto de Acuerdo
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Octubre 16 de 2017 (Primera Sección)
ARTÍCULO ÚNICO.– El Pleno del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguasca-
lientes, acuerda como una muestra de solidaridad, el
que los diputados integrantes de la LXIII Legislatura
aporten el porcentaje que cada diputado estime de
su sueldo, para contribuir al nanciamiento de la
reconstrucción de viviendas a los damnicados del
terremoto en las diversas Entidades Federativas en
que haya habido repercusiones por los sismos ocu-
rridos los días siete y diecinueve de septiembre, y en
días posteriores, ello a través de aportaciones a la
Cruz Roja Mexicana y/o Ejército Nacional Mexicano.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Con-
vención Revolucionaria de Aguascalientes”, del
Palacio Legislativo, a los veintiocho días del mes de
septiembre del año dos mil diecisiete.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima,
publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 28 de septiembre del
año 2017.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA:
Jesús Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza,
DIPUTADO PRESIDENTE.
Karina Ivette Eudave Delgado,
DIPUTADA PRIMERA SECRETARIA.
Arturo Fernández Estrada,
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO.
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Cons-
titucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha
comunicado lo siguiente:
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado
Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de
su función y facultad constitucional, ha tenido a bien
expedir el siguiente
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Adiciona la Fracción
XXVIII del Artículo 17 de la Ley de Educación del
Estado de Aguascalientes, y se recorre la Fracción
subsecuente, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 17.-
I. a la XXVI. …
XXVII. Impulsar políticas públicas a n de ga-
rantizar el acceso a centros de uso de tecnologías
digitales a estudiantes que cursen la educación
básica y media superior en las escuelas públicas del
Estado, de manera gradual y de acuerdo a los planes
y programas de la materia;
XXVIII. Promover, mediante convenios, la co-
laboración entre centros de investigación e institu-
ciones de educación básica, media y superior que
ya cuenten con el servicio de internet, con aquellas
que no lo tienen, por razón de su condición o de
imposibilidades materiales, permitiendo su acceso
durante las 24 horas del día a cualquier persona, a
las tecnologías de la información y la comunicación
para hacer posible una educación integral de los
niños, jóvenes y adultos del Estado; y
XIX. Las demás que con tal carácter establezcan
la Ley General de Educación, el presente ordena-
miento y otras disposiciones aplicables.
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente decreto entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el Pe-
riódico Ocial del Estado de Aguascalientes.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Con-
vención Revolucionaria de Aguascalientes”, del Pa-
lacio Legislativo, a los cinco días del mes de octubre
del año dos mil diecisiete.
Lo que tenemos el honor de comunicar a usted,
para los efectos Constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 5 de octubre del año
2017.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA:
Jesús Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza,
DIPUTADO PRESIDENTE.
Karina Ivette Eudave Delgado,
DIPUTADA PRIMERA SECRETARIA.
Arturo Fernández Estrada,
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO.
En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos
32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitu-
ción Política del Estado de Aguascalientes y para su
debida publicación y observancia, promulgo el pre-
sente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo
del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags.,
a 13 de octubre de 2017.- Martín Orozco Sando-
val.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno,
Francisco Javier Luévano Núñez.- Rúbrica.
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Cons-
titucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha
comunicado lo siguiente:
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado
Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de
su función y facultad constitucional, ha tenido a bien
expedir el siguiente
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Reforman las Fraccio-
nes I, II, y III del Artículo 48 y las Fracciones I, II, III,

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