Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Aguascalientes del 2017-09-18

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
H. AYUNTAMIENTO DE JESÚS MARÍA
H. AYUNTAMIENTO DE SAN FRANCISCO DE LOS ROMO
Í N D I C E :
Página 58
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
TERCERA SECCIÓN
TOMO LXXX Aguascalientes, Ags., 18 de Septiembre de 2017 Núm. 38
C O N T E N I D O :
RESPONSABLE: Francisco Javier Luévano Núñez, Secretario General de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Septiembre 18 de 2017
(Tercera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN
Y RENDICIÓN DE CUENTAS
CONVENIO ÚNICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”
REPRESENTADA POR SU TITULAR LA MTRA. ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ Y, POR LA OTRA, EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, REPRESENTADO POR EL TITULAR DEL
EJECUTIVO C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C. FRANCISCO
JAVIER LUÉVANO NÚÑEZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Y POR EL C.P.C. MIGUEL ANGEL
MARTÍNEZ BERUMEN, SECRETARIO DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS, A QUIENES SE
LES NOMBRARÁ COMO “EL PODER EJECUTIVO”, MISMOS QUE CUANDO ACTÚEN DE MANERA
CONJUNTA CON “LA SECRETARÍA” SERÁN REFERIDOS COMO “LAS PARTES”, CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la Meta I “México en paz”, se indica que en México, se
debe fortalecer el pacto social, reforzar la confianza en el gobierno, alentar la participación social en la vida
democrática y reduci r los índices de inseguridad, mediante el co mbate a la corrupción y el fomento de una
mayor rendición de cuentas, obedeciendo a los principios de legalidad, objetividad, eficacia, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
II. Que en fecha 27 de mayo de 2015, en el Diario Oficial de la Federación se publicó la Reforma
Constitucional Federal en materia de combate a la corrupción, dándose creación al Sistema Nacional
Anticorrupción como instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno
competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de
corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.
III. Que en fecha 18 de julio de 2016, se publicó en el Diario oficial de la Federación la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, misma que en su artículo tercero transitorio establece que hasta en
tanto el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción determina los formatos para la
presentación de las declaraciones patrimonial y de intereses, los servidores públicos de todos los órdenes
de gobierno presentarán estas declaraciones en los formatos que se utilicen en el ámbito federal.
IV. Que conforme al artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema
Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publ icado en el Diario Oficial de la Fe deración el 18 de julio de
2016, la citada Ley General de Responsabilidades Administrativas entró en vigor a partir del 19 de julio de
2017.
V. Que en el ámbito federal, los servidores públicos realizan la presentación de las declaraciones patrimonial y
de intereses, a través del sistema electrónico de recepción de declaraciones patrimoniales DeclaraNetplus,
que es el medio remoto de comunicación electrónica desarrollado por “LA SECRETARÍA” para tales
efectos, por lo que dicho medio constituye la vía por la que los servidores públicos de todos los órdenes de
gobierno deben presentar sus declaraciones a la entrada en vigor de la referida Ley General de
Responsabilidades Administrativas y confo rme lo dispuesto por el Ac uerdo por el que el Comité Coordinador
del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer la obligación de presentar las declaraciones de situación
patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, p ublicado en el D.O.F. el 14 de julio de 2017 .
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA LA “SECRETARÍA”:
I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con los artículos 90 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 37 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
I.2. Que entre sus acciones gubernamentales prioritarias, se encuentran la de organizar y coordinar el
desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y emitir
las normas para que los recursos humanos, patrimoniales y los procedimientos técnicos de la misma, sean
aprovechados y aplicados, respectivamente, con criterios de eficacia, legalidad, eficiencia y simplificación
administrativa, y promover la cultura de la legalidad, rendición de cuentas, así como el combate a la corrupción.
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Septiembre 18 de 2017 (Tercera Sección)
I.3. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 3, fracción XXV, 32, 33 y 34 de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas; 3, Apartado A, fracción XXV, subfracciones XXV.3 y XXV.3.1; 72,
fracciones II, XII, XIII y XVI y 94, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública,
esta Dependencia a través de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, tiene entre
sus atribuciones la de rrecibir las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de los Servidores
Públicos de la Administración Pública Federal, así como de las empresas productivas del Estado, y llevar un
registro de las mismas para su publicitación conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así como la de
proponer en materia de responsabilidades, así como de declaración de situación patrimonial y de intereses, la
celebración de bases y convenios de coordinación con otras autoridades competentes, apoyándose para el
ejercicio de sus atribuciones en la Dirección General de Tecnologías de Información de esta Dependencia.
I.4. Que en términos de los artículos 3, f racción XXV, 32, 33 y 34 de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, todos los servidores públicos tienen la obligación de presentar las declaraciones de situación
patrimonial y de intereses a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica,
siendo el sistema DeclaraNetplus el sistema electrónico de recepción de declaraciones patrimoniales
desarrollado por la Secretaría de la Función Pública.
I.5. Que cuenta con los derechos patrimoniales vigentes y de conformidad con la normatividad legalmente
aplicable que amparan el registro otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, número 03-2001-
060513061900-01, sobre el sistema DeclaraNetplus, reservándose el ejercicio del derecho moral de autor que
por disposición expresa del artículo 19 de la Ley Federal del Derecho de Autor, es inalienable, imprescriptible,
irrenunciable e inembargable.
I.6. Que su representante se encuentra facultada para suscribir el presente Convenio, con fundamento en los
artículos 6 y 7, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2017.
I.7. Para los efectos del presente Convenio Único de Colaboración, señala como domicilio el ubicado en
Avenida Insurgentes Sur número 1735, Guadalupe Inn, Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México.
II. DECLARA “EL PODER EJECUTIVO”:
II.1. Que el Estado de Aguascalientes, es un Estado Libre y Soberano que es integrante de la Federación, de
conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42, fracción I, 43, 115 y 116 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; y 1, 8, 9, 14 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes.
II.2. Que el Gobernador del Estado de Aguascalientes cuenta con facultades para celebrar el presente
instrumento, de conformidad con los artículos 36, 46 fracción VII de la Constitución Política del Estado de
Aguascalientes, en relación con los artículos 2 y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Aguascalientes.
II.3. Que la Secretaría General de Gobierno, se encuentra facultada para la suscripción del presente Convenio,
de conformidad con lo dispuesto por los artículos 49 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes,
así como en los artículos 3, 9, 15 fracción I, 24 fracciones II y X y 29 fracciones V, VII, XXI, XXII, XXIV y LV de
II.4. Que la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, se encuentra facultada para la suscripción del
presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3, 9, 15 fracción XV, 24 fracciones II y X
fracciones I, II, V, VI y X del artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Fiscalización y Rendición
de Cuentas.
II.5. Para efectos del presente Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en Av. José
María Chávez No. 123, Centro Comercial Plaza Patria Local 40, Zona Centro de la Ciudad de Aguascalientes,
Aguascalientes.
III. DEC LARAN “LAS P ARTES”:
Que reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal con que se ostentan. Asimismo, manifiestan estar
de acuerdo en establecer las bases y mecanismos necesarios, a fin de conjuntar esfuerzos para fomentar las
acciones y las estrategias que contribuyan a mejorar los procesos y procedimientos generales de gestión,
seguimiento de auditoría, e impulso a las acciones conjuntas en materia de Ética, Transparencia, Prevención
de Conflicto de Interés y Combate a la Corrupción, en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción, en los
términos de las facultades y atribuciones que tienen conferidas de acuerdo a los ordenamientos legales y
administrativos aplicables, por lo que comparecen a la suscripción del presente Convenio Único de
Colaboración y lo celebran al tenor de las siguientes:

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