Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 126, 16-09-2020 - Sección Primera

Fecha de publicación16 Septiembre 2020
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 126, 16-09-2020
PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 1011-A-2020
IEPC/CG-A/026/2020
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA, POR EL QUE, A PROPUESTA DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE
ASOCIACIONES POLÍTICAS, SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DE
ACREDITACIÓN LOCAL DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA EL PROCESO
ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2021 Y, EN SU CASO, EXTRAORDINARIO.
A N T E C E D E N T E S
I. El seis de junio de dos mil diecinueve, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115; de La
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad entre géneros.
II. El nueve de agosto de dos mil diecinueve, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el
Decreto por el que se adicionan un apartado C al artículo 2 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, reconociendo a los pueblos y comunidades afromexicanas,
cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la
Nación.
III. El veinte de diciembre de dos mil diecinueve, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el
Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en materia de consulta popular y revocación de mandato.
IV. El veinte de marzo de dos mil veinte, el Consejo General de este Instituto de Elecciones emitió
el acuerdo IEPC/CG-A/009/2020, por el que derivado de la pandemia del virus COVID-19
(coronavirus), determinó suspender plazos y términos administrativos y jurídicos, y se aplica la
estrategia tecnológica para la implementación del trabajo desde casa, como medida preventiva
de protección del personal del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana. En dicho
documento, el Consejo General facultó al Consejero Presidente para que en su calidad de
Presidente de la Junta General Ejecutiva, tomara las determinaciones necesarias a fin de
ampliar en su caso el periodo de suspensión derivado de las recomendaciones de las
autoridades de salud.
V. A partir del acuerdo que precede, el Consejero Presidente del Consejo General del Instituto de
Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas y Presidente de la Junta General
Ejecutiva, derivado de la pandemia del virus Covid-19 (Coronavirus), ha realizado diversas
determinaciones por la que se amplía la suspensión de plazos administrativos y jurídicos y la
continuación del trabajo desde casa, y que se detallan a continuación:
El uno de abril determinó la ampliación de la suspensión hasta el 30 de abril de 2020.
El 27 de abril determinó la ampliación de la suspensión hasta el 30 de mayo de 2020.
El 29 de mayo determinó la ampliación de la suspensión hasta el 15 de junio de 2020.
El 11 de junio determinó la ampliación de la suspensión hasta el 30 de junio de 2020.
El 29 de junio determinó la ampliación de la suspensión hasta el 15 de julio de 2020.
El 14 de julio determinó la ampliación de la suspensión hasta el 31 de julio de 2020.
El 29 de julio determinó la ampliación de la suspensión hasta el 14 de agosto de 2020.
El 13 de agosto determinó la ampliación de la suspensión hasta el 31 de agosto de
2020.
El 28 de agosto determinó la ampliación de la suspensión hasta el 16 de septiembre de
2020.
Asimismo, atendiendo las recomendaciones sanitarias podrá decretar continuar con la
suspensión.
VI. El veintisiete de marzo de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
mediante Acuerdo INE/CG81/2020, aprobó la determinación de suspender el proceso de
constitución como Partido Político Nacional de la organización Gubernatura Indígena Nacional,
A.C., por causa de fuerza mayor, ante la epidemia por el virus SARSCoV2 (Covid-19); esto, a
partir del ocho de marzo de dos mil veinte y hasta que existan las condiciones sanitarias para
reprogramar las asambleas estatales.
VII. En esa misma fecha, mediante el diverso Acuerdo INE/CG82/2020, el Consejo General del
Instituto Nacional Electoral, tomó la determinación de suspender los plazos y términos relativos
a actividades inherentes a la función electoral a cargo del INE, hasta que se contenga la
pandemia de coronavirus, COVID19, entre ellos la constitución de nuevos Partidos Políticos
Nacionales.
VIII. El trece de abril de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por
el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de
la Ley General de Partidos Políticos, y de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
IX. El cuatro de mayo de dos mil veinte, se publicaron en el Periódico Oficial del Estado número
101, Tomo III, los siguientes Decretos:
Decreto 217, por el que el H. Congreso del Estado, reformó el párrafo segundo del
artículo 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas.
Decreto 218, por el que el H. Congreso del Estado, reformó el numeral 1 del artículo
98; el numeral 3 y el inciso a) de la fracción I del numeral 4, del artículo 178 del Código
de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
Decreto 218, por el que el H. Congreso del Estado, reformó, adicionó y derogó
Diversas Disposiciones de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno
y Administración Municipal del Estado de Chiapas.
X. El veintiocho de mayo de dos mil veinte, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG97/2020
por el que se reanudan algunas actividades suspendidas como medida extraordinaria con
motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del coronavirus, COVID-19,
mediante Acuerdo INE/CG82/2020, o que no han podido ejecutarse, respecto al procedimiento
de constitución de nuevos Partidos Políticos Nacionales y modificó el plazo para dictar la
resolución respecto a las siete solicitudes de registro presentadas.
XI. El veinticuatro de junio de dos mil veinte, se publicó en el Periódico Oficial del Estado número
110, Tomo III, el Decreto número 234, por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas.
Estableciendo en el artículo tercero transitorio que dentro del plazo de 30 días siguientes a la
entrada en vigor de ese Decreto, el Congreso del Estado deberá realizar las adecuaciones
normativas correspondientes a la Legislación Electoral, de conformidad con lo previsto en el
mismo.
XII. El veintinueve de junio de dos mil veinte, se publicó en el Periódico Oficial del Estado número
111, el Decreto número 235, por el que se emite la Ley de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Chiapas; abrogando con ello, el Código de Elecciones y Participación
Ciudadana del Estado de Chiapas, aprobado mediante Decreto número 181, el 18 de mayo de
2017, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 299, tercera sección, de fecha 14 de
junio de 2017. La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas en
su artículo transitorio séptimo mandata lo siguiente: El Consejo General del Instituto de
Elecciones y Participación Ciudadana, dictará los acuerdos necesarios para hacer efectivas las
disposiciones del presente Decreto y deberá expedir los reglamentos y demás normatividad que
deriven del mismo, conforme a lo previsto en el presente Decreto en un plazo no mayor a
noventa días a partir de la entrada en vigor.
XIII. El quince de julio de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto de Elecciones y
Participación Ciudadana, aprobó el acuerdo IEPC/CG-A/019/2020, por el que, a propuesta de
su Junta General Ejecutiva, emitió el reglamento interno de este instituto.
XIV. El catorce de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto de Elecciones y
Participación Ciudadana, emitió el acuerdo IEPC/CG-A/023/2020, aprobó el nuevo Reglamento
de Sesiones del Consejo General y las Comisiones de este Instituto con número de acuerdo
IEPC/CG/A-023/2020, abrogando los emitidos el 12 de febrero del año 2009 y 24 de noviembre
de 2014.
XV. El pasado veintiuno de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional
Electoral emitió el acuerdo INE/CG194/2020, por el que aprobó la designación del Consejero
Presidente del Organismo Público Local de Durango, de las Consejeras o Consejeros
Electorales de los Organismos Públicos Locales de Campeche, Chiapas, Michoacán, Morelos,
Nuevo León y Sonora y de la Consejera Electoral del Organismo Público Local de San Luis
Potosí; destacando la designación del C. Guillermo Arturo Rojo Martínez como Consejero
Electoral del OPL de Chiapas.
XVI. El veinticuatro de agosto de dos mil veinte, en sesión solemne de manera mixta, el Consejo
General de este Instituto Electoral Local, el C. Guillermo Arturo Rojo Martínez, rindió protesta
como Consejero Electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de
Chiapas; en términos del punto tercero del acuerdo INE/CG194/2020.
XVII. El veinticinco de agosto de dos mil veinte, el Consejo General emitió el acuerdo IEPC/CG-
A/025/2020, mediante el cual aprobó la integración de las Comisiones Permanentes del
Consejo General de este Organismo Electoral Local.
Respecto a la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, quedó conformada de la
siguiente manera:
Comisión Permanente de Asociaciones Políticas
C.E. Guillermo Arturo Rojo Martínez
Presidente
C.E. María Magdalena Vila Domínguez
Integrante
C.E. Sofía Margarita Sánchez Domínguez
Integrante
Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas
y Participación Ciudadana
Secretaría Técnica
Representación de cada partido político
Integrante
XVIII. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
emitió el acuerdo INE/CG237/2020, por el que modificó el plazo previsto en el diverso
INE/CG97/2020, para dictar la resolución respecto de las solicitudes de siete organizaciones
que pretenden constituirse como partidos políticos nacionales; al próximo cuatro de septiembre
de 2020.
XIX. El dos de septiembre de dos mil veinte, la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas del
Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, emitió el acuerdo IEPC/CPAP/A-016/2020,
por el que se propone al Consejo General, los Lineamientos aplicables al procedimiento de

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