Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 037, 05-06-2019 - Sección Cuarta

Fecha de publicación05 Junio 2019
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 037, 05-06-2019
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 5 de junio de 2019 037
CUARTA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 0309-A-2019 Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Gobernador. 1
miércoles 05 de junio de 2019 Periódico Oficial No. 037 4a. Sección
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PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 0309-A-2019
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del
Estado de Chiapas.
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren
los artículos 59 y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, 6, 7 y 10 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y el Artículo Séptimo Transitorio
del Decreto por el que se Crea la Consejería Jurídica del Gobernador, y
Considerando
Que derivado de la reforma estructural de la Administración Pública Estatal consolidada a través de
la expedición de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, publicada
mediante Decreto número 020, en el Periódico Oficial 414, Tomo III, de fecha 08 de diciembre de
2018, resulta necesaria la adecuación de las atribuciones y facultades otorgadas a las Dependencias
y Entidades con el objetivo de hacerlas acordes al citado ordenamiento legal.
Que es de gran importancia para la presente administración, que los entes públicos sean eficaces en
su función de atender las exigencias y expectativas de la sociedad chiapaneca, por lo que es
necesario modificar las atribuciones y facultades que venían desempeñando, así como dotarlos de
nuevas, para un desempeño que resulte óptimo para el desarrollo y bienestar de la ciudadanía
chiapaneca, por lo tanto se debe realizar una modernización integral y permanente del marco jurídico
que regula las acciones del Estado, garantizando la prevalencia del estado de derecho y el respeto
de los derechos fundamentales de los ciudadanos, observando para tal efecto, entre otros, los
principios de legalidad y certeza jurídica, lo cual aporta al desarrollo de la Entidad.
Que para el propósito de mejorar la funcionalidad de las instituciones públicas, se debe en todo
momento, observar el cumplimiento de los principios de transparencia, legalidad, eficacia, disciplina
del gasto y la debida rendición de cuentas, lo que se traducirá en instituciones sólidas y confiables,
algunas renovadas desde su denominación hasta sus atribuciones, con mayor calidad en los
servicios, lo que se traduce en la satisfacción de las necesidades de la población chiapaneca.
Que mediante publicación 3331-A-2018, realizada en el Periódico Oficial 414, Segunda Sección, de
fecha 08 de diciembre de 2018, fue emitido el Decreto por el que se Crea la Consejería Jurídica del
Gobernador, como un Organismo Auxiliar del Poder Ejecutivo del Estado, que tiene como objeto
principal, entre otros, la representación legal de los asuntos en que el Gobernador del Estado sea
parte, así como lo relativo a la coordinación, ejecución y aplicación de los programas y acciones de
actualización y mejora de la normatividad jurídica, asesoría legal, implementación y la simplificación
del orden normativo jurídico.
miércoles 05 de junio de 2019 Periódico Oficial No. 037 4a. Sección
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Que las atribuciones encomendadas a la Consejería Jurídica del Gobernador, revisten especial
importancia en el cumplimiento de las funciones a cargo del Poder Ejecutivo del Estado; mismo que
para la expedición de normatividad, la celebración de convenios y en la vigilancia en el cumplimiento
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en el ámbito jurídico procesal,
por parte de las Dependencias y Entidades, se auxilia de las labores encomendadas a dicho
organismo auxiliar.
En razón de lo anterior, resulta prioritario emitir el presente Reglamento Interior, en el cual se definirá
de manera precisa, la estructura orgánica que ha de integrar a la Consejería Jurídica del Gobernador,
así como las atribuciones que corresponderán a los titulares de los Órganos Administrativos,
otorgándoles con ello certeza jurídica en su actuar, con la única finalidad de llevar a cabo las
acciones que resulten necesarias para dar debido cumplimiento a su objeto.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir
el siguiente:
Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Gobernador
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo Único
Del Ámbito de Competencia
Artículo 1.- Las disposiciones del presente Reglamento Interior son de orden público, interés general
y de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos a la Consejería Jurídica del
Gobernador, las cuales tienen por objeto regular las bases para la organización, funcionamiento y
competencia de los Órganos Administrativos que la integran.
Artículo 2.- La Consejería Jurídica del Gobernador, es un Organismo Auxiliar del Poder Ejecutivo del
Estado de Chiapas, que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que le confiere la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Chiapas, el Decreto por el que se crea la Consejería
Jurídica del Gobernador, el presente Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables,
dentro del ámbito de su competencia.
Artículo 3.- La Consejería Jurídica del Gobernador, tiene como objeto, principalmente, la
representación legal de los asuntos en que el Gobernador del Estado sea parte, así como lo relativo
a la coordinación, ejecución y aplicación de los programas y acciones de actualización y mejora de la
normatividad jurídica, asesoría legal, implementación y simplificación del orden normativo jurídico
local, la definición y difusión de criterios administrativo-legales y demás determinaciones jurídicas
que, como lo determina la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, serán
vinculantes y de observancia normativa para todas las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Estatal, por lo que, todo documento que éstas sometan a firma del Ejecutivo
Estatal, deberá contar previamente con la validación del Consejero Jurídico del Gobernador.
Además de lo anterior, podrá prestar apoyo y asesoría en materia jurídica a los Municipios que lo
soliciten.

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