Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 037, 05-06-2019 - Sección Tercera

Fecha de publicación05 Junio 2019
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 037, 05-06-2019
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 5 de junio de 2019 037
TERCERA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 0308-A-2019 Lineamientos Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes
Muebles y Contratación de Servicios. 1
miércoles 05 de junio de 2019 Periódico Oficial No. 037 3a. Sección
1
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PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 0308-A-2019
Los Ciudadanos Integrantes del Comité de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y
Contratación de Servicios del Poder Ejecutivo, en ejercicio de las facultades que nos confieren los
artículos 4, 6 y 10 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y
Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas; y,
Considerando
Que con fecha 15 de mayo del presente año, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado No.
034, Tomo III, el Decreto 179 que emitió la nueva Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes
Muebles y Contratación de Servicios para el Estado de Chiapas, la cual por disposición de su Artículo
Primero Transitorio entró en vigor al día siguiente de su publicación, abrogándose la anterior
legislación que había estado vigente desde el 22 de diciembre de 2016.
El nuevo ordenamiento contempla al Comité de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y
Contratación de Servicios como el órgano colegiado encargado de normar, validar y coordinar en el
ámbito del Poder Ejecutivo, los diversos procedimientos de contratación en las modalidades de
Licitación por Convocatoria Pública, Licitación Restringida y Adjudicación Directa. Dicho Comité tiene
entre sus funciones específicas la de establecer políticas, bases y lineamientos en las materias que
regula la Ley.
Asimismo, el artículo 17 del citado ordenamiento, faculta a la Oficialía Mayor para determinar,
mediante disposiciones de carácter general, los bienes y contratación de servicios de uso
generalizado que en forma consolidada se podrán adquirir, arrendar o contratar para las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, con el objeto de obtener las mejores
condiciones en cuanto a calidad, precio y oportunidad, así como apoyar en condiciones de
competencia a las áreas prioritarias del desarrollo.
Por su parte, el artículo 22 de los Lineamientos Generales de Austeridad, Racionalidad y Disciplina
del Gasto de los Organismos Públicos de la Administración Pública Estatal, publicados en el
Periódico Oficial No. 021, Tomo III de fecha 20 de febrero de 2019, mandata realizar contrataciones
consolidadas de materiales y servicios cuando se asegure la obtención de ahorros y las mejores
condiciones para el Estado.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, tuvimos a bien aprobar y expedir, los
siguientes:
Lineamientos Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y
Contratación de Servicios
Capítulo I

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