Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 331, 15-11-2017 - Sección Segunda

Fecha de publicación15 Noviembre 2017
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 331, 15-11-2017
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 15 de noviembre de 2017 331
SEGUNDA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Estatales Página
Decreto No. 017 LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE BOMBEROS DEL ESTADO DE
CHIAPAS. 1
Publicaciones Estatales Página
Decreto No. 017 LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE BOMBEROS DEL ESTADO DE
CHIAPAS. 1
Decreto No. 018 POR EL QUE SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE CACAHOATÁN, CHIAPAS, PARA DESINCORPORAR
DEL PATRIMONIO MUNICIPAL, UN TERRENO CON SUPERFICIE DE
1,004.93 METROS CUADRADOS, PARA ENAJENARLO VÍA DONACIÓN A
FAVOR DEL COMITÉ EJECUTIVO DELEGACIONAL D-IV-15, JUBILADOS DE
LA SECCIÓN 40, QUIEN LO DESTINARÁ PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN
EDIFICIO DE USOS MÚLTIPLES Y UN CONSULTORIO ODONTOLÓGICO,
TERRENO QUE SE ENCUENTRA UBICADO EN CALLE INNOMINADA DE
ESE MUNICIPIO.
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Secretaría General de Gobierno
Subsecretaría de Asuntos Jurídicos
Dirección de Legalización y Publicaciones Oficiales
DECRETO NÚMERO 017
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la
Honorable Sexagésima Sexta Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo
el siguiente:
DECRETO NÚMERO 017
La Honorable Sexagésima Sexta Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de
Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y
C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 45, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas,
faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso
de la Unión, así como, en aquellas en que existan facultades concurrentes, de acuerdo con el pacto
federal.
Que el pasado veintidós de mayo del año en curso, los diversos Patronatos y/o Asociaciones Civiles de
Bomberos del Estado de Chiapas, hicieron entrega de un proyecto de iniciativa de Ley Orgánica por el
que se propone la creación de un Instituto de Bomberos que regule y proteja la noble labor de los
distintos Heroicos Cuerpos de Bomberos que realizan acciones de contingencia en materia de incendios
en nuestro Estado de Chiapas.
Así, durante siglos, los hombres permanecieron trabajando en línea, pasándose unos a otros, de mano
en mano, cubos con agua para arrojarlos al fuego; sus brazos y músculos parecían quemarse por el
esfuerzo y la temperatura provocada por las llamas.
Algunas de estas técnicas, aplicadas siglos atrás, se mantienen hasta nuestros días.
Tiempo después, los Bomberos idearon combinar su energía con bombas de mano; estos equipos
brindaron un gran avance en el combate de incendios. El esfuerzo involucrado era muy grande, ya que
organizados en brigadas y utilizando un sistema de balanza, impulsaban el agua hacía el foco del fuego.
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Estas brigadas estaban conformadas por personas que eran reclutadas y estructuras tiradas por caballos
que se desplazaban por calles y avenidas, abriéndose paso ruidosamente con gongo o campanas como
señal de alarma, frente al asombro de los curiosos.
El poder combinado de hombre y caballo, entró en la historia y permaneció hasta principios del siglo
XX donde se introdujeron nuevas técnicas de ataque al fuego, nuevos materiales y horizontes.
El siglo XX se convierte en una época, llena de maravillosos avances tecnológicos y modernos, como
bombas manejadas con motores de petróleo y diésel que fueron diseñados y elaborados con la mejor
tecnología.
Es fácil entender, porqué es de gran admiración y fascinación las bombas contra incendio, a chicos y
grandes; así como el fuego produce una gran atención por sí mismo.
En sus esfuerzos por poder controlar la fuerza del fuego, los hombres fueron agregando elemento tras
elemento; comprendieron que el agua extingue las llamas y que arrojando tierra sobre una Fogata
eliminaban el aire, factor necesario para un proceso de combustión.
Estos elementales y rudimentarios principios no siempre eran efectivos, y transcurrió un largo tiempo
para que el hombre pudiera aprender a detalle la naturaleza y uso del fuego, hasta llegar a desarrollar el
conocimiento y las técnicas de combate de incendios que hoy tenemos.
Hoy en día, los incendios son más complejos y peligrosos (con productos de alta inflamabilidad,
utilizados en la vida cotidiana), es una obligación para todo bombero, conocer el fuego que debe
combatir.
Debe de saber, no sólo como apagar un incendio; sino cómo se inicia, se desenvuelve y los efectos que
puede producir. Estos conocimientos son de vital importancia para la capacitación y entrenamiento de
todo bombero, y son el preludio para entender la historia de cómo el hombre se ha enfrentado al fuego.
La evolución del equipo contra incendios, permite conocer la historia de los Bomberos y proveen de un
legado histórico de las ideas de los principios del funcionamiento de los avances tecnológicos que en
este nuevo siglo XXI, conocemos. De esta forma, nos percatamos, por qué los bomberos son la
atención y admiración de todas, desde hace muchos años.
Por generaciones se ha reconocido la labor contra incendios, como el producto del arrojo de hombres
que arriesgan su propia vida ante cualquier tipo de emergencia.
De ahí la necesidad de regular jurídica y orgánicamente las actividades que por siglos has realizado
estos valerosos hombres.
Con esta Ley se dota de personalidad jurídica como un ente de la Administración Pública Paraestatal a
los diversos Cuerpos de Bomberos que existen en el Estado de Chiapas, agrupándolos en un solo
organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio y tendrá autonomía
operativa, administrativa y financiera con el propósito de realizar y coordinarse de manera eficiente en
el desempeño de las funciones y ejercicio de atribuciones que esta Ley le confiera.

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