Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 378, 25-07-2018 - Sección Tercera

Fecha de publicación25 Julio 2018
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 378, 25-07-2018
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, públicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 25 de julio de 2018 378
TERCERA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 2719-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda. 1
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 2719-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda. 1
Pub. No. 2720-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría del Campo. 111
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 2719-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda. 1
Pub. No. 2720-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría del Campo. 111
Pub. No. 2721-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría de Obra Pública y Comunicaciones. 146
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 2719-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda. 1
Pub. No. 2720-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría del Campo. 111
Pub. No. 2721-A-2018 Reglamento Interior de la Secretaría de Obra Pública y Comunicaciones. 146
Pub. No. 2722-A-2018 Reglamento Interior del Instituto de Comunicación Social del Estado de
Chiapas. 206
miércoles 25 de julio de 2018 Periódico Oficial No. 378 3a. Sección
1
6444PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 2719-A-2018
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del
Estado de Chiapas.
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren los
artículos 59 fracción I y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 5, 8,
C o n s i d e r a n d o
Que una de las prioridades de la presente administración es la de mantener en constante análisis y
actualización, el marco jurídico que regula la Administración Pública Estatal, con la finalidad de
delimitar las responsabilidades y competencias que les han sido conferidas a los Organismos
Públicos del Ejecutivo, procurando en todo momento que éstas sean congruentes con la realidad de
la Entidad y con el firme propósito de cumplir con los objetivos y metas que se han establecido en el
Plan Estatal de Desarrollo para satisfacer las demandas de la ciudadanía chiapaneca.
La actualización de las disposiciones de carácter reglamentario, permitirán mejorar el funcionamiento
de las dependencias, ya que será el instrumento que otorgue certeza y certidumbre jurídica al actuar
de sus servidores públicos, para cumplir con mayor eficacia y eficiencia los asuntos que le
corresponda en los términos que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Chiapas y demás disposiciones aplicables, que rigen el marco de actuación de las mismas.
El Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda fue expedido por el Titular del Poder Ejecutivo
mediante Periódico Oficia No. 053, Tomo III, de fecha 04 de septiembre de 2013. Desde su
expedición y publicación en el Periódico Oficial, dicho ordenamiento ha experimentado diversas
modificaciones, adicionándose artículos bis o en su caso artículos con incisos, así como se han
derogado muchos otros, incluso se han derogado capítulos al mismo.
Derivado de las diversas modificaciones que el mismo ha sufrido, su contenido actualmente se hace
un tanto complejo tanto para su interpretación por parte de los Órganos Administrativos de la
Secretaría, así como de los contribuyentes para determinar las facultades de las autoridades
hacendarias, por lo que acorde a las políticas de la actual administración de buscar que el contenido
del mismo otorgue certidumbre jurídica a los sujetos obligados, por lo que resulta de suma
importancia llevar a cabo un análisis profundo al mismo, a fin de estructurarlo para la fácil aplicación
de los titulares de los Órganos Administrativos que integran la Secretaría antes citada, así como de
los contribuyentes para verificar el ejercicio de los actos de vigilancia y comprobación del
cumplimiento de las obligaciones fiscales e interponer los recursos para hacer valer sus derechos.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir
el:
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda
miércoles 25 de julio de 2018 Periódico Oficial No. 378 3a. Sección
2
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo Único
Del Ámbito de Competencia de la Secretaría
Artículo 1. Las disposiciones del presente Reglamento Interior, son de orden público, de interés
general y de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos a la Secretaría de
Hacienda, las cuales tienen por objeto regular las bases para la organización, funcionamiento,
administración y competencia de los Órganos Administrativos que la integran.
Artículo 2. La Secretaría de Hacienda, es la Dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, que tiene
a su cargo la responsabilidad de los asuntos que establecen la Constitución Política del Estado Libre
Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, la Ley de Planeación para el Estado de
Chiapas y demás disposiciones legales, así como los decretos, acuerdos, convenios, circulares e
instrucciones que emita el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, conforme a las leyes estatales.
Artículo 3. La Secretaría de Hacienda tiene como objetivo formular, normar e implementar las
políticas en materia hacendaria, de planeación, hacendaria, administración de los recursos humanos,
recaudación, presupuestación, ejercicio del gasto público, inversión, contabilidad gubernamental,
financiamiento y la deuda pública del Estado, con la finalidad de garantizar la aplicación de recursos
de forma eficiente.
Artículo 4. La Secretaría de Hacienda, en coordinación con los Organismos de la Administración
Pública Federal, Estatal y Municipal, impulsarán los objetivos contemplados en el Plan Estatal de
Desarrollo, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 5. Para los efectos de este Reglamento Interior, se entenderá por:
I. Ejecutivo del Estado: Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
II. Secretaría: A la Secretaría de Hacienda.
III. Secretario: Al Titular de la Secretaría Hacienda.
IV. Organismos Públicos: A los Organismos Públicos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial; Organismos Autónomos y municipios del Estado, que tengan o administren un
patrimonio o presupuesto formado con recursos o bienes del erario estatal.
V. Organismos Públicos del Ejecutivo: A los Organismos de la Administración
Centralizada y Paraestatal, que tengan o administren un patrimonio o presupuesto
formado con recursos o bienes del erario estatal.
VI. Recursos Públicos: A los bienes en dinero, especie, fondos, valores y créditos que tiene
derecho a percibir el Estado, en sus funciones de derecho público o privado, así como
aquellos que se originen de la coordinación y colaboración con los municipios y la
Federación para financiar el gasto público.

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