Decreto no 138- Se Concede Pensión por Orfandad Equivalente al 50% al Menor José Angel Estrada Serrano

SE CONCEDE PENSIÓN POR ORFANDAD EQUIVALENTE AL 50% AL MENOR JOSÉ ANGEL ESTRADA SERRANO.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACION XL Y 39 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.- Que mediante oficio número DGG-039/99 de fecha 26 de enero de 1999, se turnó por conducto de la Dirección General de Gobierno, Iniciativa suscrita por los CC. Licenciados Fernando Moreno Peña y Héctor Michel Camarena, Gobernador del Estado y Secretario General de Gobierno, respectivamente, para otorgar pensión por orfandad a José Angel Estrada Serrano.

SEGUNDO.- Que el C.P. Rogelio Ponce Ramos, Director de Gestión y Desarrollo de Personal, mediante oficio número DGDP/1702/98, fechado el 11 de noviembre del año próximo pasado, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para otorgar pensión por orfandad en favor de José Angel Estrada Serrano, quien en su carácter de hijo, resulta ser beneficiario de la Profra. Rosa Patricia Serrano Jiménez.

TERCERO.- Que la Profra. Rosa Patricia Serrano Jiménez falleció en esta ciudad de Colima, Col., el día 3 de mayo de 1997, según consta en la copia certificada del acta de defunción No. 00326, expedida el 9 de mayo de 1997 por el Oficial del Registro Civil del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Col.

CUARTO.- Que la Profra. Rosa Patricia Serrano Jiménez, a la fecha de su fallecimiento se encontraba adscrita a la secundaria vespertina No. 18 dependiente de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno del Estado, con una antigüedad de 14 años y 8 meses de servicio activo, por lo que le corresponde pensión por orfandad a su hijo José Angel Estrada Serrano equivalente al 50% de la percepción mensual.

QUINTO.- Que de conformidad con lo anterior, es procedente otorgar a José Angel Estrada Serrano, pensión por orfandad equivalente al 50% de la percepción mensual; y de acuerdo con el cálculo elaborado por la Dirección de Gestión y Desarrollo...

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