Notificaciones del Juzgado Segundo Penal.

DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.

A LA C. FANNY MARIA PALOMINO EK (O) FANY MARIA PALOMINO EK.

DOMICILIO IGNORADO .

En la causa penal numero 022/2010 que ante este juzgado se instruye en contra de ENRIQUE DEL CARMEN CHACON GONZALEZ (A)” QUIQUE” Y MAGDALENO CAAMAL GONZALEZ; como probables responsables del delito de ABUSO SEXUAL COMETIDO EN ESTADO DE ABRIEDAD e imputado por la representación social, la ciudadana juez del conocimiento ha dictado la siguiente resolución:------------------- JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO- En la ciudad de Mérida, Yucatán a 17 diecisiete de noviembre de 2010 dos mil diez.----------------------------------------------- VISTOS: Agréguese a los antecedentes de la presente causa penal para los efectos legales que correspondan: A) el oficio número PJE-2357/2010 de fecha 08 ocho de septiembre de 2010 dos mil diez, suscrito por el Comandante de Guardia en turno de la Policía Judicial del Estado, por ausencia incidental del titular de la Dirección, por medio del cual da contestación a la solicitud que esta autoridad le hiciera mediante el oficio número 5420, en el que se solicita la búsqueda y localización del domicilio actual de la denunciante FANNY MARIA PALOMINO EK (O) FANY MARIA PALOMINO EK, informando que el agente comisionado para tal efecto es el ciudadano RICARDO MAY CIAU, Agente de la Policía Judicial del Estado; y B) el oficio número PJE-2380/2010 de fecha 13 trece de septiembre de 2010 dos mil diez, suscrito por el Director de la Policía Judicial del Estado, por medio del cual informa que el Agente Judicial, ciudadano RICARDO MAY CIAU, comunicó el resultado de su investigación, sin que pudiera localizar el domicilio de la denunciante FANNY MARIA PALOMINO EK (O) FANY MARIA PALOMINO EK. En mérito a lo anterior esta autoridad acuerda: de conformidad a lo manifestado por el agente de la policía Judicial RICARDO MAY CIAU en el que se aprecia que no fue posible localizar a la denunciante FANNY MARIA PALOMINO EK (O) FANY MARIA PALOMINO EK y toda vez que de las constancias de la Secretaria de Acuerdos de fechas 23 veintitrés de agosto del año en curso, aparece que las diligencias decretadas para ese día, consistente en el desahogo de la diligencia de CAREOS entre los procesados ENRIQUE DEL CARMEN CHACÓN GONZÁLEZ (A) “QUIQUE” y MAGDALENO CAAMAL GONZÁLEZ con la denunciante FANNY MARÍA PALOMINO EK (O) FANY MARÍA PALOMINO EK, no se pudo llevar a cabo por las razones...

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