Notificaciones del Juzgado Segundo de Ejecución de Sentencia del Estado.

Mérida Yucatán a 16 dieciséis de febrero de 2018 dos mil dieciocho.------------------------------------------------------------------------------------------- VISTOS: Se tiene por recibido en la Secretaría de este Juzgado, el día 7 siete de abril de 2015 dos mil quince, a las 12:40 doce horas con cuarenta minutos, el oficio número PMIE-1882/2015, de fecha 4 cuatro del mismo mes y año, suscrito por el entonces Director de la Policía Ministerial Investigadora del Estado,

M. en D. JUAN RAÚL MARRUFO LEÓN, por medio del cual manifestó que en cumplimiento al oficio número 549, derivado del expediente número 129/2013 J2ES, remite el informe fechado el día 4 cuatro de abril de 2015 dos mil quince, signado por el C. Daniel Ariel Barea Puch, Agente de la Policía Ministerial Investigadora del Estado, por medio del cual manifiesta el resultado de su comisión; asimismo, en dicho informe, el Agente Barea Puch, mencionó que en contestación al oficio número 549, girado por este

Juzgado, en el cual se solicita la búsqueda y localización de WILBERTH GASPAR ALCOCER MENA, informa que al avocarse a las investigaciones se dirigió a los lugares donde tienen acceso a información, siendo estos: Dirección de Servicios Periciales y la Dirección de Informática de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, donde únicamente se pudo averiguar que el C. WILBERTH GASPAR ALCOCER MENA, tiene su domicilio en la calle 21-D veintiuno letra “D”, número 284 doscientos ochenta y cuatro, por 16 dieciséis y 16 dieciséis diagonal, del fraccionamiento Pinos del Norte, de esta ciudad de Mérida, en el cual al llegar y tocar a la puerta salió una persona del sexo femenino de aproximadamente 40 cuarenta años de edad, tez morena, complexión media, a quien se dio a la tarea de entrevistar previa identificación de su persona como Agente de la Policía Ministerial Investigadora del Estado, negándose a proporcionar su nombre por temor a futuras represalias, asimismo al enterarla del motivo de su visita le manifestó que el C. WILBERTH GASPAR ALCOCER MENA, es su esposo y que al momento de la entrevista se encontraba de viaje y que no tenía fecha para llegar pero que cualquier citatorio se lo podían hacer llegar en el predio donde se llevaba a cabo la entrevista y que era todo cuanto tenía que manifestarle.------------- Con fundamento en el artículo 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado en vigor, aplicado supletoriamente, agréguese el oficio y el informe de búsqueda y localización de referencia, a los autos del expediente de ejecución de sentencia número 129/2013, para constancia y efectos legales correspondientes.------------------------------------------------------------------------------- Ahora bien, en cuanto a la bicicleta de color rosado con morado, rodada 24...

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