Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social de Transferencias Unitarias “, Ejercicio Fiscal 2018, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Tomo II, de fecha 31 de enero del 2018

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DELEGACIÓN COYOACÁN

JOSÉ ARMANDO SOLÍS OSORNO, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL EN EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN COYOACÁN, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo y 117 primer párrafo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículo 2 tercer párrafo, 7 primer párrafo, 10 fracción IV, 37, 39 fracción LVI y LXXXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 9 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1 y 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; 1, 3 fracciones III, XI, XII, XXI,XXII, XXIII, XXIV, 4, 6 y 8 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;122 fracción V, 122 Bis fracción IV inciso E), 128 fracción VIII y apartado a del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, así como lo establecido en los Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2018 y el Marco Conceptual para la definición de criterios en la creación y modificación de programas y acciones sociales emitido por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y su respectiva actualización. Contando con capacidad legal para subscribir el presente documento de conformidad con el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 244 de fecha 22 de Diciembre de 2015, mediante el que se delega en el Titular de la Dirección General de Desarrollo Social la facultad para suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, emito la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DE TRANSFERENCIAS UNITARIAS "A TU LADO" QUE SERÁ IMPLEMENTADO EN ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN EL EJERCICIO FISCAL 2018, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, TOMO II, DE FECHA 31 DE ENERO DEL 2018.

CONSIDERANDO

Que la política social de la Ciudad de México está destinada al conjunto de sus habitantes con el propósito de construir una ciudad con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos; mediante la cual se erradican la desigualdad y la exclusión e inequidad social entre individuos, grupos y ámbitos territoriales con el fin de lograr su incorporación plena a la vida económica, social y cultural y construirse como ciudadanos con plenos derechos;

Que dentro de las funciones de los órganos de la administración pública de la Ciudad de México, se encuentra la de promover, proteger y garantizar el cumplimiento de los derechos sociales universales de los habitantes de la Ciudad de México, así como disminuir la desigualdad social en sus diversas formas, derivadas de la desigualdad en la distribución de la riqueza, los bienes y los servicios, entre los individuos, grupos sociales y ámbitos territoriales;

Que conforme a lo establecido en la fracción XII del artículo 4 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, éste órgano político administrativo tiene la obligación de ejecutar los programas, políticas y acciones sociales de manera austera, con el menor costo administrativo, la mayor celeridad, los mejores resultados e impacto materializando de esta manera el principio de efectividad de la política de Desarrollo Social;

Que conforme al artículo 123 fracción IV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, dentro de las atribuciones de ésta Dirección General se encuentra la de planear, programar, organizar, controlar, evaluar y supervisar el desempeño de las labores encomendadas a las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le estén adscritas, se emite la presente Nota Aclaratoria en los siguientes términos:

Página 155, apartado II. Alineación Programática, punto 2.3.

DICE:

2.3. De la misma forma, se alinea al Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México 2016-2018, en su Eje 1.6, enmarcados por Arts. 3, 8, 9, 10 y 11, Frac I de la LPEDDF; Art. 42 C, Fracs. I y XI de la Ley de Desarrollo Social del D. F., Área de Oportunidad 1. Discriminación y Desechos Humanos, Objetivo 1.

DEBE DECIR:

2.3. De la misma forma, se alinea al Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México 2016-2018, en su Eje 1.6, enmarcados por Arts. 3, 8, 9, 10 y 11, Frac I de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal; Art. 42 C, Fracs. I y XI de la Ley de Desarrollo Social del D. F., Área de Oportunidad 1. Discriminación y Derechos Humanos, Objetivo 1.

Página 156, apartado III. Diagnóstico, III.1. Antecedentes, punto 3.2

DICE:

3.2 Con el inicio de la actual administración, asumiendo el compromiso de brindar a la población de la Delegación Coyoacán un gobierno más cercano que emprenda las políticas y acciones pertinentes para lograr la efectividad de sus derechos humanos y retomando la experiencia y resultados obtenidos de la implementación de programas sociales en años anteriores, en el ejercicio fiscal 2018 se pretende dar continuidad a las acciones que se llevaron a cabo a través del Programa de Transferencias Integrales "POR TI", pero realizando en 2016 una serie de modificaciones relevantes al programa como: el cambio de nomenclatura denominándose en lo sucesivo como Programa de Transferencias Unitarias "A TU LADO", además de ciertas adecuaciones adjetivas o procedimentales que pretenden eficientar la implementación y el procedimiento de acceso al mismo.

DEBE DECIR:

3.2 Con el inicio de la actual administración, asumiendo el compromiso de brindar a la población de la Delegación Coyoacán un gobierno más cercano que emprenda las políticas y acciones pertinentes para lograr la efectividad de sus derechos humanos y retomando la experiencia y resultados obtenidos de la implementación de programas sociales en años anteriores, en el ejercicio fiscal 2018 se pretende dar al continuidad al Programa de Transferencias Unitarias "A TU LADO", realizando una serie de adecuaciones procedimentales con el objetivo de eficientar su implementación en cumplimiento a lo establecido en la normatividad aplicable.

Página 156, apartado III. Diagnóstico, III.2 Problema social atendido por el Programa Social, punto 3.2.1.

DICE:

3.2.1 Si bien es importante precisar que el Programa de Transferencias Unitarias "A TU LADO" beneficiará a 13,613 personas que se encuentren en cualquiera de las condiciones de pobreza multidimensional definida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) como organismo encargado de la identificación y medición de la pobreza en nuestro país, ha determinado que una persona se encuentra en situación de pobreza multidimensional cuando no tiene garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos para el desarrollo social, y si sus ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades. (Metodología de la medición multidimensional de la pobreza en México, Segunda Edición, 2014.) Los beneficiados deberán ser habitantes de cualquier unidad territorial dentro de la demarcación.

Conforme a los documentos emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, sobre el Índice de Desarrollo Social de la Ciudad de México, muestra que la demarcación se encuentra en un índice Alto, sin embargo los mapas incluidos en este estudio demuestran que existen colonias en la Delegación que cuentan con IDS bajo y muy bajo.

DEBE DECIR:

3.2.1 Si bien es importante precisar que el Programa de Transferencias Unitarias "A TU LADO" beneficiará a 27, 226 personas que se encuentren en cualquiera de las condiciones de pobreza multidimensional definida por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) como organismo encargado de la identificación y medición de la pobreza en nuestro país, ha determinado que una persona se encuentra en situación de pobreza multidimensional cuando no tiene garantizado el ejercicio de al menos uno de sus derechos para el desarrollo social, y si sus ingresos son

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insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades. (Metodología de la medición multidimensional de la pobreza en México, Segunda Edición, 2014.) Los beneficiarios deberán ser habitantes de cualquier unidad territorial dentro de la demarcación.

3.2.2 Conforme a los documentos emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, sobre el Índice de Desarrollo Social de la Ciudad de México, muestra que la demarcación en términos generales se encuentra en un índice Medio, sin embargo, los datos estadísticos incluidos en este estudio demuestran que existen colonias en la Delegación que cuentan con IDS medio, bajo y muy bajo.

Pagina 157, apartado III. Diagnóstico, III.3 Definición de la población objetivo del programa social, punto 3.3.2 y

3.3.3

DICE:

3.3.2 La meta de cobertura de la población que se atenderá asciende a 13, 613 personas, lo cual representa un 6.69% de la población que vive en unidades territoriales de la Delegación Coyoacán cuyas colonias tienen un índice de desarrollo social bajo o muy bajo.

3.3.3 Igualmente se observa que la población beneficiada pertenece a un núcleo familiar directo, proyectándose en un estimado de 3 personas adicionales con beneficios indirectos, teniendo así un margen de población atendida de 40,839 personas.

DEBE DECIR:

3.3.2 La meta de cobertura de la población que se atenderá asciende a 27, 226 personas que vive en...

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