Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Equidad para la Mujer Rural, Indígena, Huésped y Migrante, Actividad Institucional Mujer Indígena y Pueblos Originarios, 2018, publicadas el día 31 de enero de 2018 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Tomo I

SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES

BIÓL. FORTUNATO PÉREZ HERNÁNDEZ, Director General de Equidad para los Pueblos y Comunidades de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), con fundamento en los artículos 15 Fracción XX y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los artículos 6 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 37 fracción I y XVIII y 119 Undecimus del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; he tenido a bien emitir la siguiente

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE EQUIDAD PARA LA MUJER RURAL, INDÍGENA, HUÉSPED Y MIGRANTE, ACTIVIDAD INSTITUCIONAL MUJER INDÍGENA Y PUEBLOS ORIGINARIOS, 2018, PUBLICADAS EL DÍA 31 DE ENERO DE 2018 EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, TOMO I, DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES.

En la página 849, numeral VII.3 Procedimientos de acceso, último párrafo

DICE:

Criterios para incluir a las personas beneficiarias y las áreas responsables u órganos de la inclusión: Las personas solicitantes deberán concluir satisfactoriamente los requisitos y procedimiento de acceso. La DGEPC cuenta con el Subcomité de Equidad para las Comunidades y Medicina Tradicional-Herbolaria (Subcomité de Equidad) para la evaluación y asignación de recursos de este programa social, es el órgano de inclusión. La selección de las solicitudes de acceso al...

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