Nota aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social, a cargo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México para el Ejercicio 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 18 de septiembre de 2017

80 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Diciembre de 2017

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LIC. GUSTAVO GAMALIEL MARTÍNEZ PACHECO, Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 54 y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 12 fracciones I y II del Decreto por el que se crea un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio que se denomina Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 1997; 15 fracciones I, II, IV, VII, IX, XI y XVIII del Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México; 1, 5, 9 fracción VI, 10 y 11 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal; 1 de la Declaratoria de Emergencia con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el día diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México y 2 de la Declaratoria de Desastre con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete en la Ciudad de México y; los numerales primero y cuarto del Decreto por el que se instruye la elaboración del Programa y se crea el Órgano de Apoyo Administrativo a las Actividades del Jefe de Gobierno denominado Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más Resiliente; he tenido a bien dar a conocer la siguiente:

NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO 2017, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA BECAS ESCOLARES PARA NIÑAS Y NIÑOS EN CONDICIONES DE VULNERABILIDAD SOCIAL (MÁS BECAS, MEJOR EDUCACIÓN) 2017

Página 15, apartado V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, V.3. Procedimientos de Acceso, en el rubro Casos de excepción, se adiciona el numeral 8.

DICE:

2026

1. al 7. 2026 2026

2026

2026

DEBE DECIR:

2026

1. al 7. 2026 2026

8. Las personas que hayan resultado afectadas por el fenómeno sísmico del 19 de septiembre de 2017, y que se vinculen a alguna estrategia, actividad institucional, trámite o servicio creado para tal efecto por el Sistema, serán incorporadas de manera inmediata al presente programa social y se les eximirá de requisitos de acceso, conforme las circunstancias de vulnerabilidad.

Para los casos señalados en el párrafo anterior, podrán ser derechohabientes de uno o más programas sociales sin restricción con la finalidad de restituirle sus derechos de manera integral. Las personas que sean incorporadas con motivo del fenómeno sísmico se mantendrán recibiendo el apoyo hasta en tanto la Junta de Gobierno no determine lo contrario.

Esta excepción será aplicable en caso de presentarse algún otro desastre natural o provocado por la actividad humana que vulnere los derechos fundamentales de las personas.

Las personas solicitantes que sean incorporadas al Programa, formarán parte del Padrón de Derechohabientes que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún fin distinto al establecido en estas Reglas de Operación, respecto a lo estipulado en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA EDUCACIÓN GARANTIZADA 2017

Página 42, apartado V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO, V.3. Procedimiento de acceso, en el rubro Casos de excepción, se adiciona el numeral 6 a la publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 18 de septiembre de 2017.

DICE:

1. al 5. ...

2026

2026

2026

DEBE DECIR:

1. al 5. ...

6.- Las personas que hayan resultado afectadas por el fenómeno sísmico del 19 de septiembre de 2017, y que se vinculen a alguna estrategia, actividad institucional, trámite o servicio creado para tal efecto por el Sistema, serán incorporadas de manera inmediata al presente programa social y se les eximirá de requisitos de acceso, conforme las circunstancias de vulnerabilidad.

Para los casos señalados en el párrafo anterior, podrán ser derechohabientes de uno o más programas sociales sin restricción con la finalidad de restituirle sus derechos de manera integral. Las personas que sean incorporadas con motivo del fenómeno sísmico se mantendrán recibiendo el apoyo hasta en tanto la Junta de Gobierno no determine lo contrario.

Esta excepción será aplicable en caso de presentarse algún otro desastre...

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