NORMA 03 PARA EL CONTROL Y ROGACIONES REALIZADAS POR EVENTOS Y CONSUMOS (DENTRO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación10 Febrero 2020
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 9Febrero 10 de 2020 (Cuarta Sección)
Al momento de requerir una renovación del Fondo dentro del mes calendario y al finalizar el mes
calendario en curso, se deberá realizar un corte de caja con su arqueo correspondiente y reflejarlo en la
información financiera por el importe autorizado.
En el cierre del ejercicio fiscal, el fondo revolvente deberá aparecer sin saldo.
El arqueo respectivo, será practicado por el Órgano de Control Interno y en presencia del responsable
de la caja chica.
En todos los casos se deberá contar con el informe correspondiente al arqueo de Fondo Revolvente.
V. VIGENCIA
La presente Norma 02 para el Control y Manejo del Fondo Revolvente entrará en vigor a partir de la
autorización del Consejo y su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
El Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, en la sesión
ordinaria celebrada el veintinueve de enero del año dos mil veinte aprueba por unanimidad la presente
norma. Firmando para constancia.
J Asunción Gutiérrez Padilla
Presidente
Mtro. Rodrigo Hernández Oneto
Consejero
Lic. Rogelio Ruíz Esparza Gómez
Consejero
Dra. Martha Elba Dávila Pérez
Consejera
Lic. Erika del Consuelo Lozano Vázquez
Consejera
Lic. Martín Torres Zúñiga
Consejero
José Alfredo Muñoz Delgado
Secretario Técnico
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
NORMA 03 PARA EL CONTROL DE EROGACIONES REALIZADAS POR EVENTOS Y CONSUMOS
COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN ENERO DE 2020
Ciudadano J Asunción Gutiérrez Padilla, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de
Aguascalientes, con fundamento en los artículos 62 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes
y 19 fracción I de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, al público en
general, se hace saber que:
El Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, en la sesión
ordinaria correspondiente al mes de enero del año dos mil veinte aprobó por unanimidad, la siguiente:
NORMA 03 PARA EL CONTROL DE EROGACIONES REALIZADAS POR EVENTOS Y CONSUMOS
(DENTRO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES)
I. OBJETIVO:
Definir los lineamientos a seguir para las erogaciones destinadas a los eventos y consumos, a fin de
propiciar la comprobación adecuada en el ejercicio de los recursos, así como:
a) Que exista apego a un procedimiento sistemático en el control y registro contable y
administrativo de los gastos relacionados por eventos y consumos.
b) Que se cumpla con las disposiciones de austeridad disciplina y racionalidad presupuestaria.
c) Que se evite la pérdida financiera que significa una erogación mal soportada, debido a la falta
de documentación.

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