Exposición de Motivos

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CA
IC E T'A
28 de junio de 2014
TRANSITORIOS
PRIMERO.
Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico
Oficial 'Gaceta del Gobierno".
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado
de México, a los veintiocho días del mes de Junio del año dos mil catorce.- Presidente.- Dip.
Everardo Pedro Vargas Reyes.- Secretarios.- Dip. María Teresa Garza Martínez.- Dip. Fidel
Almanza Monroy.- Dip. Gerardo Del Mazo Morales.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 28 de junio de 201
4.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ SERGIO MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
Toluca de Lerdo, México, a 24 de junio de 2014.
C. DIPUTADO SECRETARIO
DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
DE LA H. "LVIII" LEGISLATURA
DEL ESTADO DE MÉXICO
PRESENTE

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