Acuerdo mediante el cual se aprueban los días inhábiles en el año 2012 y enero de 2013 de la Oficina de Información Pública de la Secretaría del Medio Ambiente y de la Oficina de Información Pública del Fondo Ambiental Público, para efectos de los actos y procedimientos competencia de estas oficinas

4 GACETA OFICIALL DEL DISTRITO FEDERAL 20 de Marzo de 2012

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS DÍAS INHÁBILES EN EL AÑO 2012 Y ENERO DE 2013 DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL FONDO AMBIENTAL PÚBLICO, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTAS OFICINAS.

MARTHA TERESA DELGADO PERALTA, Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26 fracción V del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y 1º, 2º, 3º, 5º, 11, 71, 73, 74, 89 y 90 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en su artículo 29, establece que serán días de descanso obligatorio los que se señale el calendario oficial y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Asimismo, de acuerdo a la última reforma del Decreto por el que se establece el Calendario Oficial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2006, son días de descanso obligatorio, entre otros, el 1 de enero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre.

Que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74 fracciones I, IV, V, VI y VIII, disponen que son días de descanso obligatorio, entre otros, el 1 de enero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el l de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre.

Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal establece en su artículo 7 que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento, no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Que la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares genéricamente se encuentra regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito...

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