Decreto No. 60 por El que Se Concede Pensión por Viudez a La C. María Villa Heredia, Equivalente al 100% de La Percepción Económica que En Vida Recibía el Señor Miguel Gómez Gómez, Ya que A la Fecha de Su Fallecimiento Se Encontraba Adscrito a La Nómina de Jubilados y Pensionados de La Burocracia
POR EL QUE SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ A LA C. MARÍA VILLA HEREDIA, EQUIVALENTE AL 100% DE LA PERCEPCIÓN ECONÓMICA QUE EN VIDA RECIBÍA EL SEÑOR MIGUEL GÓMEZ GÓMEZ, YA QUE A LA FECHA DE SU FALLECIMIENTO SE ENCONTRABA ADSCRITO A LA NÓMINA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA BUROCRACIA.
LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:
D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O :
PRIMERO.-
Que mediante oficio número DGG-067/2013 de fecha 22 de enero del año en curso, se remitió a esta Soberanía por conducto de la Dirección General de Gobierno, la iniciativa del Ejecutivo Estatal para otorgar pensión por Viudez a favor de la C. María Villa Heredia, quien en su carácter de esposa, resulta ser beneficiaria del extinto Miguel Gómez Gómez, cuyo expediente le fue turnado a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número 0328/ 013 de fecha 23 de enero del año actual, suscrito por los CC. Diputados Noé Pinto de los Santos y Gretel Culin Jaime, Secretarios de la Mesa Directiva en funciones.
SEGUNDO.-
Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, con fundamento en el Capítulo V, artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados de Colima, mediante oficios números DGRH/2524/2012 de fecha 12 de diciembre de 2012, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar la pensión por Viudez a favor de la beneficiaria que se menciona en el considerando anterior.
TERCERO.-
Que el señor Miguel Gómez Gómez, falleció el día 20 de noviembre de 2012, según consta en la certificación del acta de defunción No. 1513, expedida por el Oficial 1 del Registro Civil de Colima, Colima, el día 21 de noviembre del año 2012, quien se encontraba adscrito a la Nómina de Jubilados y Pensionados de la Burocracia, según informa el Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración, mediante oficio que se menciona en el considerando anterior.
CUARTO.-
Que la C. María Villa...
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