MANUAL DE REMUNERACIONES PARA LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación13 Enero 2020
SecciónPrimera Secció
Pág. 130 PERIÓDICO OFICIAL Enero 13 de 2020
(Primera Sección)
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES
MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES
El Rector de la Universidad Politécnica de Aguascalientes, en el ejercicio de las facultades previstas
en los artículos 3 fracción VI y 23 de la Ley de la Universidad Politécnica de Aguascalientes y 7º fracción III y
VII de su Estatuto Orgánico, y de conformidad a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
I. Que es un organismo público descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes
con personalidad jurídica y patrimonio propio, instituida por la Ley de La Universidad Politécnica de
Aguascalientes, mediante decreto número 38 de la LVIII Legislatura del Congreso del Estado de
Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 12 de agosto de 2002, abrogado por el Decreto
165 de la LIX Legislatura, publicado en dicho medio oficial el 31 de mayo de 2006, encontrándose debidamente
inscrita bajo el número 67 del volumen 3º, del Registro de Entidades Paraestatales del Registro Público de la
Propiedad y de Comercio del Estado.
II. Que el artículo 5 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes,
dispone que éstas gozarán de autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objeto y de sus fines y
metas señalados en sus programas; para el efecto, contarán con una administración ágil y eficiente.
III. De conformidad a lo establecido por el Decreto Número 180 expedido por el H. Congreso del Estado y
publicado en fecha 08 de julio de 2019, se procede a emitir el Manual de Remuneraciones de los Servidores
Públicos de la Universidad Politécnica de Aguascalientes.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente señaladas se
expide el siguiente:
MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE AGUASCALIENTES.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto instaurar las disposiciones generales en las que se
establecen las políticas para el pago de las remuneraciones de los servidores públicos y de las asignaciones
para el desempeño de las funciones de la Universidad Politécnica de Aguascalientes.
Artículo 2.- Para efectos del presente ordenamiento se entenderá por:
I. Universidad: La Universidad Politécnica de Aguascalientes;
II. Estatuto: Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes,
sus Municipios y Organismos Descentralizados;
III. ISSSSPEA: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos del Estado de
Aguascalientes;
V. Manual: Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Universidad Politécnica de
Aguascalientes.
VI. Reglamento Interior: Reglamento Interior de Trabajo de la Universidad Politécnica de Aguascalientes;
VII. Remuneración: Cualquier retribución, percepción o compensación, independientemente de su
denominación que, con cargo a recursos públicos, se cubran por el desempeño de un puesto e ingresen al
patrimonio del servidor público, de acuerdo con lo siguiente:
a) Percepciones ordinarias: A los pagos que constituyen un ingreso fijo, regular y permanente, en dinero o en
especie, por concepto de sueldos y salarios, así como por prestaciones, que se cubren a los servidores

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