MANUAL DE REMUNERACIONES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES 2018

Fecha de publicación02 Julio 2018
SecciónSegunda Sección
Pág. 66 PERIÓDICO OFICIAL Julio 2 de 2018
(Primera Sección)
DÉCIMA: DE LOS CASOS NO PREVISTOS.
Los casos y circunstancias no previstos en esta convocatoria, serán resueltos por el Comité de Participa-
ción Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.
Para cualquier aclaración favor de escribir al correo: cpc.anticorrupcion.ags@gmail.com
ATENTAMENTE
María Teresa Belmont Acero,
PRESIDENTE TEMPORAL DEL COMITÉ.
C. Sergio Lira Padilla,
COMISIONADO.
C. Alejandra Yasmín González Sandoval,
COMISIONADA.
C. Josena Díaz Aguilar,
COMISIONADA.
EL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SISTEMA ESTATAL
ANTICORRUPCIÓN DE AGUASCALIENTES
Aguascalientes, Ags., a 02 de julio del 2018.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
MANUAL DE REMUNERACIONES DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES 2018
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 de la ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos
para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios y con fundamento en los artículos 27 fracción III último
párrafo de la Constitución del Estado de Aguascalientes, y la fracción II del artículo 11 de la Ley orgánica del
Poder Judicial, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, otorgan al Poder Judicial del Estado plena
independencia en el ejercicio de sus atribuciones jurisdiccionales y para la administración de su presupuesto;
Que la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos establece que los órganos públicos, por con-
ducto de sus titulares de las unidades administrativas, emitirán sus manuales de remuneraciones, los cuales
incluirán el tabulador de percepciones y las reglas correspondientes para su aplicación;
Que la Ley Orgánica del poder Judicial, faculta al Supremo Tribunal de Justicia del Estado en Pleno,
aprobar el presupuesto anual de egresos del Poder Judicial;
Que en virtud de la diversidad de los elementos y conceptos que caracterizan a los distintos grupos de
servidores públicos y a n de que exista un adecuado equilibrio entre el control, el costo de la scalización, el
costo de la implementación y la obtención de resultados en los programas y proyectos del Poder Judicial del
Estado de Aguascalientes, es necesario prever la emisión de disposiciones especícas para el otorgamiento
de las remuneraciones, así como de las prestaciones; y
cipios dispone que los manuales de remuneraciones a que se reere dicha ley, deberán ser expedidos a más
tardar a los ciento ochenta días naturales de que entre en vigor la misma.
En cumplimiento a lo anterior el presidente del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado emite el siguiente:
MANUAL DE REMUNERACIONES DEL PODER JUDICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES 2018
Objeto
Artículo 1°.- Establecer las disposiciones generales para regular el otorgamiento de las percepciones,
prestaciones y demás benecios que se cubren a los servidores públicos del Poder Judicial del Estado de
Aguascalientes, conforme a su nivel jerárquico.

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