Manual de Organización General de la Secretaría de Relaciones Exteriores

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 7 fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

INTRODUCCIÓN Artículo 28

De conformidad a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Relaciones Exteriores publica su Manual General de Organización actualizado, el cual constituye un instrumento de apoyo para el ejercicio eficaz y eficiente de las facultades que le otorgan el referido ordenamiento legal, así como la legislación aplicable en materia de política exterior.

El propósito fundamental de la elaboración y difusión de este manual es el de dar a conocer la organización de esta Secretaría, servir de fuente de referencia e instrumento de consulta a los funcionarios y empleados públicos en el ejercicio de sus actividades, así como coadyuvar a facilitar la relación con otras dependencias del Gobierno Federal y la ciudadanía interesada en la materia.

Reviste singular importancia el mencionar que el “Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006” establece como una de las estrategias para lograr los objetivos y metas nacionales el realizar acciones de “Buen gobierno” orientadas a construir un gobierno:

• Con calidad total, que ponga en el centro del quehacer gubernamental la satisfacción de las necesidades y expectativas de la sociedad.

• Global, que se inserte en el contexto mundial y entienda que no puede sustraerse de esta dinámica de cambio vertiginoso, que presenta riesgos por un lado, pero que igualmente ofrece grandes oportunidades.

• Austero, que trabaje mejor y cueste menos, que someta sus procesos a una estricta validación, para determinar aquellos que ya no le dan un valor agregado a la sociedad, y cuyos recursos deben ser reorientados a programas sustantivos del gobierno.

• Abierto y transparente, que trabaje en una gran vitrina de cristal donde todos los ciudadanos sepan el porqué de sus acciones, y cuenten con acceso permanente a la información.

• Inteligente, capaz de utilizar los más avanzados sistemas administrativos y tecnológicos para evitar el dispendio de recursos y promover la eficacia de su función en todos los órdenes.

Dentro de este contexto, la Secretaría de Relaciones Exteriores busca la mejor forma de organización y aprovechamiento de los recursos para cumplir cabalmente con las funciones que le han sido encomendadas.

Misión

La Secretaría de Relaciones Exteriores declara como su Misión:

"Ampliar y profundizar las relaciones políticas, económicas, culturales y de cooperación con las distintas regiones del mundo a favor del desarrollo integral de todos los mexicanos. Preservar y fortalecer la soberanía e independencia de México y garantizar los intereses y la seguridad nacional con base en los principios constitucionales de política exterior. Asegurar la coordinación de las acciones y programas en el exterior de los tres niveles de gobierno y los distintos poderes que incidan en las relaciones de México con otros países. Vigorizar la expresión de la identidad cultural y la imagen de México".

Visión

De la misma manera, se plantea en el tiempo alcanzar la Visión de:

México es un país que:

"Cuenta con un alto prestigio a escala internacional y que por medio de la difusión y defensa de los principios de no intervención y de autodeterminación de los pueblos preserva y fortalece la soberanía de México; promueve sus intereses a nivel internacional en un contexto de paz y respeto al derecho internacional, por medio de la colaboración entre el gobierno y los diversos actores sociales; asegura una vinculación profunda entre las comunidades de mexicanos y de origen mexicano en el exterior, con el país, sus desafíos y sus éxitos y con su cultura; defiende de manera eficaz y eficiente los derechos e intereses de mexicanos que residen en el extranjero; y enfrenta los retos y aprovecha los beneficios de la globalización para impulsar el desarrollo del país."

Antecedentes

A la luz de las aspiraciones de independencia y de paz con la consumación del movimiento insurgente, así como las firmas de los tratados celebrados en la Ciudad de Córdoba, Veracruz, se estableció la existencia legal de una nueva nación.

El primer antecedente verídico y fidedigno de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se cita el 4 de octubre de 1821, cuando la Regencia del Imperio Mexicano, en su calidad de Gobernadora Interna, nombra un Secretario de Negocios y Relaciones Interiores y Exteriores. La misma Regencia acordaría el 8 de noviembre del mismo año expedir un reglamento, en el que una de las cuatro Secretarías de Estado y del Despacho Universal sería la de Relaciones Exteriores e Interiores a la que correspondían todas las relaciones diplomáticas con las partes extranjeras.

Para el año de 1824 se consolida formalmente el Estado Mexicano, a través del establecimiento de la Constitución promulgada el 4 de octubre, en la que se señala la forma en que se han de desarrollar las relaciones internacionales y se determinan las pautas para el nombramiento y remoción de Secretarios, enviados Diplomáticos y Cónsules.

En torno a la nueva estructura Jurídica-Política y por la cantidad de compromisos y reconocimientos que el Estado Federal Mexicano tendría en la esfera internacional, la Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, establece el 7 de julio de 1826 su primer Reglamento Interior.

El 28 de diciembre de 1836 se instituyen las 7 Leyes Constitucionales, las cuales fijan las bases para la celebración y dirección de las relaciones internacionales a través de su Ministerio de Relaciones Exteriores.

La falta de orden en las provincias, los conflictos internacionales y la incertidumbre política, darían lugar a establecer medidas urgentes y necesarias a través del documento llamado Bases de Organización para el Gobierno Provisional de la República, firmado en Tacubaya el 28 de septiembre de 1841, en el que se nombran cuatro ministros, siendo uno de ellos el de Relaciones Exteriores e Interiores.

El 13 de junio de 1843, se publica la segunda Constitución Conservadora para la República Mexicana adoptando el régimen centralista y con características similares a la anterior Constitución, siendo promulgada con el nombre de Bases para la Organización Política de la República Mexicana, en la que queda formalmente establecido que para el despacho de los negocios del Gobierno se contaría con cuatro ministerios, siendo uno de ellos el que se denominaba de Relaciones Exteriores, Gobierno y Policía.

Para el 24 de agosto de 1852, el Gobierno decreta una reorganización en la estructura y funcionamiento de los Ministerios y en atención a este decreto el Ministerio de Relaciones Exteriores expide su segundo Reglamento Interior el 12 de octubre del mismo año.

El 22 de abril de 1853 las Bases de Administración Política de la República Mexicana, establecen que para el despacho de los negocios habría cinco Secretarías de Estado, una de las cuales se nombraría de Relaciones Exteriores.

Poco tiempo después, para dar prioridad y jerarquía a las Secretarías de Estado, el 12 de mayo de 1853, el Gobierno de la República fijaría el orden y la denominación de las diferentes Secretarías instituidas, quedando en primer plano la de Relaciones Exteriores.

El 28 de junio de 1853, la Secretaría de Estado y del despacho de Relaciones Exteriores expide su tercer Reglamento Interior.

El 15 de mayo de 1856, el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, determina la existencia del Ministerio de Relaciones dentro de los 6 instituidos por el Gobierno.

Con los liberales al frente del poder, se elabora una nueva Constitución siendo promulgada el 5 de febrero de 1857, especificando las facultades y obligaciones del Presidente para la celebración y dirección de compromisos internacionales y el nombramiento y remoción de Secretarios, Agentes Diplomáticos y Cónsules.

En 1858, en plena Guerra Civil llamada de la Reforma, la Secretaría de Estado y el Despacho de Relaciones Exteriores emite el 12 de agosto su cuarto Reglamento Interior.

En 1861, con el triunfo de los liberales en la Guerra de Reforma y la reinstalación del Gobierno Republicano Federal, el Presidente electo Benito Juárez, realiza una serie de reformas y modificaciones en la estructura de los asuntos del Gobierno, así el 23 de febrero, se decreta la existencia de seis Secretarías de Estado y del Despacho, siendo una de ellas la de Relaciones Exteriores. Con el Decreto del Gobierno del 6 de abril, se reducirían a cuatro siendo la primera la de Relaciones Exteriores y Gobernación; posteriormente el Congreso de la Unión, determina por decreto el 12 de junio, el restablecimiento de las seis Secretarías de Estado, confirmándose una vez más, la de Relaciones Exteriores; después el 16 de diciembre, por decreto del propio Gobierno, se reducen nuevamente a cuatro Secretarías de Estado correspondiendo al Ministerio de Relaciones Exteriores y de Gobernación realizar un doble despacho.

Con la muerte del Presidente Juárez, así como los actos realizados por los liberales tras la lucha de poder, daría lugar al Plan de Tuxtepec, iniciando la llamada etapa del Porfiriato, la cual dentro del periodo presidencial del General Manuel González, el Ministerio de Relaciones Exteriores emite su quinto Reglamento Interior el 11 de febrero de 1883, a fin de responder a los compromisos financieros internacionales en el que el Estado Mexicano sería partícipe.

En el tercer periodo Presidencial del General Porfirio Díaz, el 13 de mayo de 1891, el Congreso de los...

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