Manual de Organizacion del Instituto de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Estado de Nayarit

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2017
Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos
Sección Décima Primera Tomo CXCIX
Tepic, Nayarit; 30 de Diciembre de 2016 Número: 129
Tiraje: 080
SUMARIO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT
2 Periódico Oficial Viernes 30 de Diciembre de 2016
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A
LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT
El Pleno del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado
de Nayarit, de conformidad con el artículo 110, inciso D, apartados 1 y 7, de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, emite el Manual
de Organización del propio Órgano Garante, de conformidad con el dispositivo legal antes
citado y los siguientes:
CONSIDERANDO:
1. Que el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de
Nayarit (ITAI) es un organismo público, autónomo, especializado, independiente,
imparcial y colegiado, con autonomía constitucional, así como plena autonomía
técnica, operativa, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su
presupuesto y determinar su organización interna, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, responsable de garantizar, en el ámbito de su competencia, el
ejercicio de los derechos de acceso a la información y la protección de datos
personales en términos del artículo 103 de la Ley de Transparencia.
2. Que de conformidad con el artículo 105 de la citada Ley, el Instituto se integrará
por tres comisionados que formarán el Pleno, de los cuales uno será su
presidente; un Consejo Consultivo, Secretario Ejecutivo, tres Secretarios de
Estudio y Cuenta, un Director de Vinculación y Capacitación, un Director de
Contraloría, un Director de Administración, un Coordinador de Monitoreo de
Portales de Transparencia, Actuarios y demás empleados necesarios para el
cumplimiento de sus atribuciones, conforme al presupuesto.
3. En términos del artículo 110, inciso D, apartados 6 y 7, de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, es atribución del Instituto
establecer las normas, procedimientos y criterios para la administración de los
recursos financieros y materiales, así como elaborar guías que expliquen los
procedimientos y trámites que deban realizarse ante los sujetos obligados y ante el
Instituto;
4. Que es necesario contar con un documento que contenga la descripción de
actividades que deben seguir el personal que integra este Instituto en la realización
de sus funciones.
5. Que el Manual de Procedimientos es un documento normativo y de consulta, que
forma parte de los instrumentos permanentes de trabajo de dichas las áreas que
conforman el Instituto.
Con base en lo anterior, se expide el Manual de Organización del Instituto de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit.

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