Manual de Integración y Operación del Comité de Prevención y Control del Crecimiento Urbano en el Estado de México.

25 de noviembre de 2016 Página 3
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
La Secretaria de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Estado de México, a través de su titular, José Alfredo Torres Martínez con fundamento en los
77 fracción VI de La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 5.2 fracción II, Inciso j) y 5.9 fracción I del Libro Quinto del Código
Administrativo del Estado de México.
CONSIDERANDO
I).- Que el Estado de México por su condición geográfica, se ha constituido en un centro migratorio natural, dado que en él se concentran una serie
de factores, tanto de tipo económico como político, que han propiciado el surgimiento y la multiplicación de asentamientos humanos irregulares
marginales en áreas inadecuadas para un equilibrado desarrollo urbano.
La entidad está ubicada en la región con mayor potencial y capacidad instalada para enfrentar el desafío de la globalización y, al mismo tiempo,
envuelve a la ciudad y mercado potencial más grande del país. Sin embargo, el Estado de México ha crecido en gran parte como un área periférica
del Distrito Federal, aportando recursos naturales y mano de obra a un proceso en gran parte ajeno, sin lograr consolidar una dinámica de
crecimiento propio y sustentable a largo plazo. Si bien esta cercanía a la Ciudad de México ha generado múltiples oportunidades e implicado
beneficios para el Estado y una parte de sus habitantes, esta relación conlleva también altos costos sociales.
El crecimiento demográfico del Estado ha sido muy rápido y aun cuando se ha atenuado durante los últimos años, sigue implicando fuertes
demandas de satisfactores urbanos que se inscriben en un marco de escasez de recursos económicos y materiales (principalmente de agua) y de
importantes riesgos sobre el medio ambiente.
Como resultado, el crecimiento urbano y su consecuente demanda de suelo, deberán orientarse hacia aquellas zonas con mayor capacidad y
factibilidad para atenderlo, en cuanto a la existencia de servicios públicos. En este contexto, la Prevención adquiere especial importancia para
asegurar que el crecimiento sea ordenado y autosuficiente de los centros de población, a la vez de coadyuvar a resolver los rezagos en
infraestructura y equipamiento, con el fin de alcanzar un eficiente funcionamiento de las ciudades como motores del desarrollo.
Al ser la entidad más poblada del país, registra más de 16.8 millones de mexiquenses habitando en zonas urbanas, es decir, el 87 por ciento de su
población; este dato sugiere que nuestro futuro dependerá en buena medida del desarrollo de las ciudades y de lo que juntos, sociedad y gobierno,
hagamos desde ahora para enfrentar los retos de la creciente urbanización.
Por consiguiente, no hay duda de que en materia de desarrollo urbano el imperativo más relevante es lograr el ordenamiento territorial, como
condición indispensable para impulsar el desarrollo estatal y propiciar el mejoramiento del nivel de vida de los mexiquenses.
II).- Que el Plan Estatal de Desarrollo Urbano tendrá por objeto establecer las políticas, estrategias y objetivos de ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos en el territorio del Estado, así como la clasificación del territorio estatal y los criterios básicos para el desarrollo urbano de
los centros de población.
Así mismo se identifican los lineamientos urbanos, así como las acciones y los proyectos estratégicos a nivel regional, además de señalar los
criterios normativos y las políticas generales para el desarrollo urbano, que deben incorporarse en los planes regionales, mu nicipales y los parciales
que correspondan.
Con base en los lineamientos que establece el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, el Instituto Mexiquense de la Vivienda Social
(IMEVIS) realiza una serie de acciones de orden preventivo y correctivo, entre las que destacan:
Detectar y evitar el establecimiento de los asentamientos humanos irregulares.
Regular el uso de suelo apto para vivienda, de acuerdo a los planes municipales de desarrollo urbano.
Regularizar los asentamientos humanos irregulares y dar seguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra, en los ámbitos urbano y rural de
régimen de propiedad privada.
Celebrar convenios de coordinación de acciones con los Ayuntamientos de la entidad.
Consolidar la participación activa de los Comités Municipales de Prevención y Control del Crecimiento Urbano.
Esta última, ha sido una estrategia que ha contribuido de manera importante al ordenamiento de los asentamientos humanos irregulares, ya que a
través de la operación de los Comités Municipales de Prevención y Control del Crecimiento Urbano, se ha logrado en buena medida el ordenamiento
del suelo, mediante la regulación y regularización de la tenencia de la tierra, situación que ofrece al municipio un crecimiento urbano ordenado y la
posibilidad de una mayor recaudación de impuestos de las colonias, comunidades y barrios ya regularizadas.
Con motivo de lo anteriormente e xpresado y con fundamento en la normatividad aplicable señalada en el primer párrafo del presente se tiene a bien
expedir el siguiente:
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CRECIMIENTO URBANO EN EL ESTADO DE
MÉXICO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES

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