Manual de Integración, Funcionamiento y Operación del Comité Interno de Obra

4 de marzo de 2015
G IC ETA
Página 5
ED r 1 G
1C) IES II E 12 N O
Victorino Barrios Dávalos
Contralor
Representante del Órgano de Control
(Rúbrica).
Bruno Ramos Rodríguez
Director de Finanzas
Representante del Área Financiera
(Rúbrica).
Sergio Torres Valle
Secretario Técnico
Secretario Ejecutivo
(Rúbrica).
Horacio Morales Luna
Director General de Comunicación Social
Unidad Administrativa Interesada
(Rúbrica).
Jorge Alberto Huizar Ríos
Vocal Ejecutivo del Instituto de Estudios Legislativos
Unidad Administrativa Interesada
(Rúbrica).
Jesús Felipe Borja Coronel
Unidad de Información
Unidad Administrativa Interesada
(Rúbrica).
Catalina Paz Morales
Directora de Recursos Materiales
Unidad Administrativa Interesada
(Rúbrica).
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
Secretaría de Administración y Finanzas
Manual de Integración, Funcionamiento y Operación
Comité Interno de Obra
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OBJETIVO
Con fundamento en el artículo 12.19 fracción III del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México;
21, 22 y 23 fracción III de su Reglamento, se emite el presente manual con los lineamientos que el Poder Legislativo del
Estado de México deberá cumplir para la correcta integración, funcionamiento y operación del Comité Interno de Obra; lo
que permitirá aplicar los recursos públicos con economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez, a través de la
celebración de procedimientos que aseguren las mejores condiciones de los trabajos de obra y servicios relacionados con la
misma, en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
MARCO JURÍDICO
El Comité Interno de Obra se regirá por los lineamientos establecidos en el presente manual, así como por el marco jurídico
que a continuación se señala de manera enunciativa más no limitativa:
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
- Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
-
Ley de Ingresos del Estado de México.
- Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
-
Ley de Bienes del Estado de México y de sus Municipios.
-
- Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México.
-
Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
- Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
- Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México.
GLOSARIO
Para una adecuada comprensión del presente manual, se indican las definiciones siguientes:
I.
Acuerdo: Es el dictamen que emite el Comité para la procedencia o no, sobre los asuntos que se someten a su
consideración.

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