Manual General de Organización del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACN
GIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN
SOCIAL EN SALUD
ÍNDICE
Presentación
I. Antecedentes
II. Base Legal
III. Atribuciones
IV. Objetivo General
V. Estructura Orgánica
VI. Organigrama
VII. Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa
Dirección General
Secretaría Particular
Unidad Jurídica
Contraloría Interna
Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación
Dirección de Afiliación y Operación
Departamento de Afiliación y Promoción
Departamento de Administración del Padrón
Departamento de Administración de Expedientes
Dirección de Gestión de Servicios de Salud y Vinculación Operativa
Subdirección de Gestión de Servicios de Salud
Departamento de Gestión Médica y Atención a Derechohabientes
Departamento de Seguimiento a Programas y Fideicomisos
Departamento de Convenios y Validación de Servicios de Salud
Departamento de Portabilidad y Compensación Económica
Subdirección de Vinculación Operativa
Departamento de Vinculación en Servicios de Salud
Departamento de Seguimiento Operativo PROSPERA y SINOS
Departamento de Seguimiento Operativo EsIAN, Suplemento Alimenticio e Idea
Departamento de Seguimiento Operativo EDI, Salud por Mí y PCI
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Financiamiento
Departamento de Control Presupuestal y Comprobación del Gasto
Departamento de Glosa
Departamento de Tesorería
Departamento de Registro Contable
Subdirección de Administración
Departamento de Recursos Humanos
Departamento de Servicios Generales
Departamento de Recursos Materiales
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VIII. DIRECTORIO
IX. VALIDACIÓN
X. HOJA DE ACTUALIZACIÓN
PRESENTACIÓN
La sociedad mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr, c on hechos, obras y acciones, mejores con diciones
de vida y constante prosperidad.
Por ello, el Gobernador Constitucional del Estado de México, impulsa la construcción de un gobierno eficiente y de resultados, cuya premisa
fundamental es la generación de acuerdos y consensos para la solución de las demandas sociales.
El buen gobierno se sustenta en una administración pública más eficiente en el uso de sus recursos y más eficaz en el logro de sus
propósitos. La ciudadanía es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos su prioridad.
En este contexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación de resultados de valor
para la ciudadanía. Es te modelo propugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que han demostrado su eficacia, p ero también
por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.
La solidez y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas administrativas emanadas de
la permanente revisión y actualización de las estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos
de innovación y del establecimiento de sistemas de gestión de calidad.
El presente manual administrativo documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión del Régimen Estatal de Protección
Social en Salud. La estructura organizativa, la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y comunicación, las funciones y
actividades encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave de la organización y los resultados que se
obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de este organismo descentralizado de la Secretaría de Salud.
Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto impostergable es
la transformación de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organización, liderazgo y productividad.
I. ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 4°, párrafo Cuarto, que toda persona tiene derecho a la
que reglamenta el derecho a la protección de la salud.
El 15 de mayo de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud,
decreto con el que se creó el Sistema de Protección Social en Salud como un mecanismo del Estado para garantizar el acceso a los
servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios.
En 2004, se suscribe un Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud, celebrado entre el Ejecutivo
Federal, por conducto de la Secretaría de Salud Federal y el Ejecutivo del Estado de México.
Posteriormente, con el propósito de dar mejor respuesta a la población para proveer los servicios de salud, a través de insumos y
suministros de medicamentos e incorporar beneficiarios al Sistema de Protección Social en Salud, el Gobierno del Estado de México
formalizó en julio de 2004, en la estructura del Instituto de Salud del Estado de México la Unidad Estatal de Protección Social en Salud y,
más tarde, en mayo de 2005 se autorizó el desdoblamiento de la Unidad, la cual se integró de ocho unidades administrativas (una dirección,
tres subdirecciones y cuatro departamentos).
En octubre de 2011, con el objeto de fortalecer la Unidad Estatal de Protección Social en Salud se autorizó una nueva estructura de
organización, la cual consideró la creación de tres departamentos y el cambio de denominación de uno para quedar conformada por 11
unidades administrativas (una dirección, tres subdirecciones y siete departamentos).
Más adelante, el 4 de junio de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y
derogaron diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud, por el cual se modifi có la
naturaleza de los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud, entendiendo a éstos como las estructuras administrativas
responsables de proveer las acciones en materia de protección social en salud y de realizar sus actividades de manera indepen diente de la
prestación de servicios de salud; con la obligación de administrar y gestionar los recursos que se aporten para el financiamiento del Sistema
de Protección Social en Salud, y de verificar se provean de manera integral los servicios de salud, los medicamentos y demás insumos para
la salud asociados, así como de fortalecer el mantenimiento y desarrollo de la infraestructura en salud.
El 17 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron
diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, asimismo se estableció que
los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud serían los responsables de administrar, gestionar y supervisar el ejercicio de los
recursos que se le transfirieran para el financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud en el Estado.
El 10 de marzo de 2015, se suscribió un nuevo Acuerdo de Coordinación entre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud,
y el Ejecutivo del Estado de México, para la Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud; en el que además de establecer las

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