Manual General de Organización de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal

Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CC A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 300
Toluca de Lerdo, Méx., lunes 7 de diciembre de 2015
No. 111
S U M A R I O:
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA CONSEJERÍA
JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL.
2015. Añ“ del Bicentenari“ Luctu“s“ de J“sé María M“rel“s y Pavón.
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL
ÍNDICE
Presentación
I. Antecedentes
II. Base Legal
III. Atribuciones
IV. Objetivo General
V. Estructura Orgánica
VI. Organigrama
VII. Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa
Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal
Secretaría Particular
Coordinación Administrativa
Departamento de Apoyo Administrativo
Departamento de Recursos Financieros
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Unidad de Asuntos Religiosos
Unidad de Asuntos Agrarios
Unidad de Derechos Humanos
Contraloría Interna
Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación
Dirección General del Registro Civil
Delegación Administrativa
Unidad de Informática
Subdirección del Registro Civil Valle de Toluca Zona Centro Norte
Oficina Regional del Registro Civil Toluca, Atlacomulco, Ixtlahuaca y Lerma
Oficialía del Registro Civil (82)
Subdirección del Registro Civil Valle de Toluca Zona Sur
Oficina Regional del Registro Civil Ixtapan de la Sal, Tenango del Valle y Temascaltepec
Oficialía del Registro Civil (62)
Subdirección del Registro Civil Valle de México Zona Oriente
Oficina Regional del Registro Civil Nezahualcóyotl, Amecameca y Otumba
Oficialía del Registro Civil (61)
Subdirección del Registro Civil Valle de México Zona Nororiente
Oficina Regional del Registro Cuautitlán Izcalli, Zumpango y Ecatepec
Oficialía del Registro Civil (50)
Departamento Jurídico
Departamento de Supervisión de Oficialías
Departamento de Estadística
Departamento de Programas Especiales
Departamento de Archivo
Dirección General Jurídica y Consultiva
Dirección
Departamento de Asuntos Contencioso Administrativos
Departamento de Asesoría y Consultoría Jurídica
Departamento de Asuntos Judiciales y Laborales
Departamento de Asuntos Legislativos, Administrativos y Especiales
Departamento de Amparos
Dirección de Legalización y del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”
Departamento de Notarías
Departamento de Legalizaciones
Departamento de Límites
Departamento del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”
LEGISTEL
VIII. Directorio
IX. Validación
X. Hoja de Actualización
PRESENTACIÓN
La sociedad mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones,
mejores condiciones de vida y constante prosperidad.
Por ello, en la Administración Pública del Estado de México se impulsa la construcción de un gobierno eficiente y de
resultados, cuya premisa fundamental es l a generación de acuerdos y consensos para la solución de las demandas
sociales.
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El buen gobierno se sustenta en una administración pública más eficiente en el uso de s us recursos y más eficaz en el logro
de sus propósitos. El ciudadano es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos su prioridad.
En este contexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación de
resultados de valor para la ciudadanía. Este modelo propugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que han
demostrado su eficacia, pero también por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.
La solidez y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas
administrativas emanadas de la permanente revisión y actualización de las estructuras organizacionales y sistemas de
trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos de innovación y del establecimiento de sistemas de gestión de calidad.
El presente manual administrativo documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión de la Consejería
Jurídica del Ejecutivo Estatal. La estructura organizativa, la división del trabajo, los mecanismos de coordinación y
comunicación, las funciones y actividades encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave
de la organización y los resultados que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de
esta dependencia.
Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto
impostergable es la transformación de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organización,
liderazgo y productividad.
I. ANTECEDENTES
La administración pública en el Estado de México requiere de la modernización de las instituciones y dependencias que la
conforman, así como de su adecuación a la realidad que impera en la entidad, con el propósito de atender las demandas de
la población.
Es por lo anterior que con la creación de dependencias con facultades para atender las áreas específicas de la
Administración Pública Estatal, se pretende eficientar la práctica administrativa y contribuir en el logro de los objetivos y
metas institucionales establecidas.
En este contexto surgió la necesidad de crear a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal como una dependencia
encargada de revisar y validar los decretos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos que se someten a la consideración del
Gobernador Constitucional del Estado de México, así como los proyectos de iniciativas de ley que presenta a la Legislatura
Local.
La creación de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, como una dependencia del Ejecutivo, se formalizó mediante el
Decreto número 37 de la H. Legislatura del Estado de México por el que se reforma la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, publicado en
el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de diciembre de 2012.
El antecedente de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal es la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
Secretaría General de Gobierno, la cual se encargaba de planear, dirigir y evaluar los asuntos relacionados con las áreas de
registro civil, jurídica y consultiva, asuntos agrarios y religiosos, límites, notarías, Gaceta del Gobierno, derechos humanos y
legalizaciones en la entidad.
En el artículo quinto transitorio del Decreto número 37 de la H. Legislatura del Estado de México, por el que se reforma la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, se indica que los recursos humanos, materiales y
financieros de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos serían transferidos a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, de tal
manera que su estructuración se realizó a partir de los recursos disponibles y asignados, en tanto que las unidades
administrativas se mantendrían vigentes en la nueva estructura de organización.
La creación de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal implicó, entre otras acciones, delegar la atribución de Consejero
Jurídico del Gobierno, en el titular de la Consejería, facultad que, antes de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de México, era exclusiva del Procurador General de Justicia del Estado de México.
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal es la dependencia encargada de planear, programar, dirigir, resolver, controlar y
evaluar las funciones relativas al registro civil; al notariado; a la demarcación y conservación de los límites del Estado y sus
municipios, en coordinación con las autoridades competentes; la función registral, la defensoría pública, así como la
especializada para víctimas y ofendidos del delito; los asuntos religiosos; la administración de la publicación del periódico
oficial “Gaceta del Gobierno”; las relacionadas con el reconocimiento, promoción, atención y defensa de los derechos
humanos desde el Poder Ejecutivo; de información de los ordenamientos legales y de establecer c oordinación con los
responsables de las unidades de asuntos jurídicos de las dependencias de la Administración Pública Estatal para unificar los
criterios jurídicos que orientan la ejecución y aplicación de las normas legales al caso concreto en el Estado. Asimismo,
coordinar y unificar los criterios jurídicos que orientan la ejecución y aplicación de normas legales, cuidando que su
contenido y forma se apeguen a la Constitución y a las leyes que de ella se derivan; representar al Gobernador cuando éste
así lo acuerde, en las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales y en todos los juicios en los que
intervenga con cualquier carácter.
La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México se reformó en su artículo 38 Ter, fracción XXXIII, a
través del Decreto número 489 publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, el día 19 de agosto de 2015. La
citada reforma fortalece la atribución de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, a través de la implementación de
disposiciones que posibiliten registrar, certificar, legalizar y apostillar las firmas autógrafas y electrónicas, así como los sellos
oficiales y electrónicos de los funcionarios estatales, presidentes y secretarios municipales y de los demás funcionarios a
quienes esté encomendada la fe pública.

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