Lineamientos para la presentación y registro de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses de los Servidores Públicos del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad De México, aprobados en Sesión Plenaria del veintisiete de abril de dos mil dieciséis

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DRA. NICANDRA CASTRO ESCARPULLI, Contralora Interna del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, fracciones X, XI y XVII, de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (hoy Ciudad de México); así como artículo 51, fracciones IX, X y XXI del Reglamento Interior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), emite las siguientes adiciones aprobadas por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México, en sesión plenaria del cinco de abril de dos mil diecisiete, a los:

LINEAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN Y REGISTRO DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, APROBADOS EN SESIÓN PLENARIA DEL VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS.

Adiciones:

I. En el Lineamiento Cuarto, dos numerales, para quedar como sigue:

CUARTO. [2026]

Para mayor claridad, las directrices, en cuanto hace a la presentación de la declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, a atenderse, serán las siguientes:

1 al 3 [2026.]

4. La declaración de Conclusión/Inicial deberá presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión del encargo e inicio de un nuevo encargo que cambie: el sueldo, las prestaciones o el nivel de puesto, en el mismo Tribunal.

5 al 7 [2026]

8. La Declaración de Intereses, además de estar integrada en los formatos de Declaración Patrimonial y de Intereses, deberá presentarse por el Servidor Público con actividades vinculantes al ejercicio de Gasto Público, dentro de los treinta días naturales siguientes, cuando exista o se presente un conflicto de intereses en cualquier momento de su encargo, fuera de los términos previstos para la declaración de situación patrimonial de Inicio, Conclusión o Anual.

92026

10. El "Sistema Integral de Información Patrimonial del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México" mantendrá abierta la opción de declaración anual, únicamente durante el mes de Mayo de cada año, de las 00.01 hrs. del día primero de mayo a las 00.01 hrs. del día primero de junio, y ésta se cerrará automáticamente al fenecer dicho plazo. Para abrir la aplicación del "Sistema Integral de Información Patrimonial del...

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