Lineamientos por medio de los cuales se otorga el estímulo de fin de año (vales), Ejercicio 2017

SECRETARÍA DE FINANZAS

EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos , 12, fracciones I, IV, XII, 87, 94, primer párrafo, 115, fracciones II, III, IV y XII, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3°, fracciones I, II, III, IV, VIII y IX, 6°, 7°, 15, fracción VIII, 16, fracción IV, 17, y 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 4, 5, fracción III, 51, 53 y 57, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; 8° de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1°, 2°, 3°, 7°, fracción VIII, inciso D, 34 Bis 1, fracciones IV, XXIV,

92 Octavus, fracción VI, 99, fracciones XIII y XVII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 25, 29, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017; artículo 3°, fracción V, 150, fracción IX, de las Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno del Distrito Federal; numeral Décimo Séptimo, fracción B, del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, Mediante Nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados; Acuerdo por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos; y

CONSIDERANDO

Que un sistema democrático exige el compromiso de que la acción gubernamental responda a las necesidades de la ciudadanía, atendiendo los problemas sociales, generando resultados que sirvan para mejorar la calidad de vida de la población y congruentes con el compromiso de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México y apoyar la economía de sus familias, mediante la instrumentación de acciones que proporcionen mayores niveles de bienestar; he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS POR MEDIO DE LOS CUALES SE OTORGA EL ESTÍMULO DE FIN DE AÑO (VALES) EJERCICIO 2017

PRIMERO. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

CFCDMX. Código Fiscal de la Ciudad de México.

CLC. Cuenta por Liquidar Certificada.

DA. Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.

DGAOCH. Dirección General de Administración y Optimización del Capital Humano, adscrita a la Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

DGRMSG. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN. Son las direcciones de área, ejecutivas o generales de Administración en Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades.

GCDMX. Gobierno de la Ciudad de México.

HABERES. Personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno de la Ciudad de México, adscritos a la Policía Preventiva, Policía Bancaria e Industrial y Policía Auxiliar.

JUD. Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Compensaciones del Capital Humano, adscrita a la Dirección General de Administración y Optimización del Capital Humano, de la Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Órganos Político Administrativos, que conforman la Administración Pública de la Ciudad de México. PERSONAL EVENTUAL. Persona física que celebra contrato por obra o tiempo determinado, con las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades.

PERSONAL DE BASE SINDICALIZADO. Persona que presta un servicio físico, intelectual o de ambos géneros, en virtud de nombramiento expedido o por figurar en la lista de raya de los trabajadores, que no están incluidos en el artículo 5º, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en razón de la naturaleza de sus funciones y que su categoría de base sindicalizado lo es, por pertenecer a una agrupación de trabajadores reconocida por la autoridad competente y que acredita cubrir el pago de las cuotas sindicales a través de su recibo de nómina.

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Noviembre de 2017

PERSONAL NO SINDICALIZADO. Persona que presta un servicio físico, intelectual o de ambos géneros, en virtud de nombramiento expedido o por figurar en la lista de raya de los trabajadores, distintos a lo establecido en el artículo 5 º de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

PERSONAL DEL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL. Persona Física con nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados, que ocupa plaza con Universo TD (Tiempo Determinado), Clave de Actividad BTD (Base Tiempo Determinado), Tipo de Nómina con destino de gasto 8 (Programa de Estabilidad Laboral).

PERSONAL DE CARÁCTER SOCIAL (RESIDENTES MÉDICOS). Es el profesional de la medicina con título legalmente expedido y registrado ante las autoridades competentes, que ingrese a una unidad médica receptora de residentes, para cumplir con una residencia.

SEFIN. Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

SACH. Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas.

SUN. Sistema Único de Nómina.

SUTGCDMX. Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México.

VALES. Documento canjeable hasta por el valor nominal impreso en su anverso, para tener acceso a una variedad de productos básicos y otros bienes de uso duradero, excepto por efectivo, con el que se otorga la prestación de Estímulo de Fin de Año (VALES) ejercicio 2017, en términos de los presentes Lineamientos o por otras disposiciones legales o administrativas, consignadas en contratos colectivos, condiciones generales de trabajo, acuerdos, lineamientos y circulares suscritos por la autoridad competente.

SEGUNDO. Las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos, son de observancia general para todos los Órganos de la Administración Pública, quienes están obligados a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los mismos, sin perjuicio de sus propias condiciones laborales.

TERCERO. Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular el otorgamiento de la prestación estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, para los trabajadores al servicio de la Administración Pública del GCDMX, que rigen su relación jurídica laboral en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B, del artículo 123, constitucional y de la Ley Federal de Trabajo, así como para el personal de haberes, que se regula en el marco del artículo 8º, de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; independientemente de que esta prestación se encuentre implantada en contratos colectivos, condiciones generales de trabajo y/o lineamientos, en los diferentes Órganos de la Administración Pública.

CUARTO. Los Órganos Autónomos que se adhieran a la compra consolidada de VALES, darán cumplimiento a las disposiciones contenidas en los presentes Lineamientos, sin perjuicio de sus propias condiciones laborales.

QUINTO. La relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre los titulares de los Órganos de la Administración Pública y el personal a su servicio y se regirá en lo que les resulte aplicable, según corresponda por el tipo de personal en términos de los siguientes ordenamientos:

  1. Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B, del artículo 123 constitucional.

  3. Ley Federal del Trabajo.

  4. Artículo 8º de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

  5. Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno de la Ciudad de México.

  6. Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral mediante nombramiento por Tiempo Fijo y Prestación de Servicios u Obra Determinados.

SEXTO. La SEFIN a través de la SACH, es la instancia facultada para instrumentar en los Órganos de la Administración Pública, la aplicación de los presentes Lineamientos.

CAPÍTULO I

DEL PERSONAL DE BASE SINDICALIZADO Y DE LISTA DE RAYA BASE SINDICALIZADO

SÉPTIMO. El GCDMX otorgará el estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, a través de los titulares de los Órganos de la Administración Pública en el que se encuentre adscrito el trabajador de Base Sindicalizado y Lista de Raya Base Sindicalizado, que en su recibo de pago consigne la deducción por concepto de cuota sindical a favor de alguno de los Sindicatos legalmente constituidos y reconocidos por la autoridad jurisdiccional en materia laboral, y cuyas remuneraciones sean cubiertas con cargo al Capítulo 1000 "Servicios Personales" de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal.

OCTAVO. El estímulo de fin de año VALES ejercicio 2017, será proporcional a los días laborados o prestado sus servicios el trabajador, en el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de octubre de 2017, debiéndose encontrar laboralmente activo en la plaza y puesto de trabajo para la fecha en que concluye el periodo señalado y se hará conforme a la tabla que se adjunta a los presentes Lineamientos y se identifica como Anexo Uno.

NOVENO. El importe por concepto de los VALES para cada trabajador de Base Sindicalizado y Lista de Raya Base Sindicalizado, será hasta de $ 10,785.00 (Diez mil setecientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para lo cual los Órganos de la Administración Pública, preverán los recursos presupuestales suficientes en términos de lo dispuesto en el numeral 4.5.6 de la Circular Uno 2015. Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las...

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