Lineamientos Generales para la Integración, Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de COLIMA.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 10 de Junio del año 2017; Núm. 40 pág. 2.

LINEAMIENTOS

GENERALES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA.

SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA

Con fundamento en los artículos 124 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, y 12 del Reglamento de la Ley en mención, emite los Lineamientos Generales para la Integración, Organización y Funcionamiento de las Comisiones del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, y

C O N S I D E R A N D O

Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021 establece entre sus objetivos el garantizar el respeto y protección de los Derechos Humanos y la erradicación de la discriminación, destacando de entre las estrategias planteadas la de Instrumentar una política de Estado en Derechos Humanos, la cual considera entre sus líneas de acción la de promover mecanismos de coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública, para lograr mayor incidencia, y establecer mecanismos de colaboración para promover políticas públicas de Derechos Humanos, con todas las autoridades del Estado, entre otras;

Que el 18 de abril de 2015, se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, la cual tiene entre sus objetivos el reconocer a Niñas, Niños y Adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en los términos que establece el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Que para asegurar una adecuada protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se crea el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, como la instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que el Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, en su artículo 11 indica que el Sistema de Protección Integral, se integrará, organizará y funcionará de conformidad con lo dispuesto en su propia normatividad y las disposiciones que para tal efecto emita;

Que el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, tiene entre sus atribuciones: integrar la participación de los sectores público, social y privado y de la sociedad civil en la definición e instrumentación de políticas para la Garantía y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y que para el mejor cumplimiento de sus funciones, la Ley faculta al Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para constituir Comisiones encargadas de atender asuntos o materias específicas, para lo cual deberá emitir los Lineamientos para su Integración, Organización y Funcionamiento, por lo que se tiene a bien emitir los siguientes:

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA

DEL GOBIERNO DEL ESTADO DIF ESTATAL

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO. Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular la integración y organización de la Comisión Especializada y de las Comisiones permanentes o transitorias creadas por el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima.

SEGUNDO. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

  1. Comisiones: a la Comisión Especializada y a las Comisiones permanentes y transitorias creadas por el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima;

  2. Consejo Consultivo: al Órgano Consultivo del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, a que se refiere el artículo 133 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima y 19 de su Reglamento;

  3. Coordinación: a la figura integrada por uno o varios integrantes del sector público de cada Comisión que presidirán los trabajos de la misma;

  4. Ley: a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima;

  5. Lineamientos: a los Lineamientos Generales para la integración, organización y funcionamiento de las Comisiones creadas por el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima;

  6. Manual: al Manual de Organización y Operación del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima;

  7. Recomendaciones de Política General: a las sugerencias en materia de política pública y del actuar legislativo, emitidas por la Comisión Especializada para su implementación por parte del Sistema de Protección Integral y que pueden ser replicables por el resto de las autoridades de los tres poderes y órdenes de gobierno;

  8. Reglamento: al Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima;

  9. Secretaría Ejecutiva: a la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima;

  10. Sistemas Municipales: al Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de cada Municipio del Estado de Colima;

  11. Secretarías Ejecutivas Municipales: a la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección Integral de cada Municipio; y

  12. Sistema Estatal de Protección: al Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima.

    TERCERO. Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para las y los integrantes del Sistema de Protección, así como para las y los integrantes de las Comisiones que sean creadas.

    CUARTO. Corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección Integral, la interpretación para efectos administrativos de estos Lineamientos Generales.

    QUINTO. Sin perjuicio de las atribuciones establecidas en la Ley, su Reglamento y el Manual, las y los integrantes del Sistema de Protección Integral, tendrán las siguientes funciones:

  13. Coadyuvar con la Secretaría Ejecutiva en la provisión de insumos necesarios para el desarrollo de las funciones de las Comisiones;

  14. Identificar situaciones o asuntos relacionados con los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a los que se les deba dar atención particular o específica, con la finalidad de proponer la creación o intervención de las Comisiones;

  15. Facilitar el intercambio de información que requieran las Comisiones para su funcionamiento;

  16. Participar en el desarrollo de las actividades de las Comisiones, y

  17. Las demás que determinen las disposiciones jurídicas aplicables o las que sean solicitadas por la Secretaría Ejecutiva, para el debido cumplimiento de los objetivos de las Comisiones.

    SEXTO. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley, su Reglamento y el Manual, la Secretaría Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones:

  18. Apoyar en la identificación de situaciones o asuntos relacionados con los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a los que se les deba dar atención particular o específica, con la finalidad de proponer la creación o intervención de las Comisiones;

  19. Proponer mecanismos de colaboración entre los integrantes del Sistema de Protección Integral y entre los sectores públicos, social y privado para el buen desarrollo de las Comisiones;

  20. Solicitar a las Comisiones la integración de asuntos o temas a tratar en el orden del día de sus sesiones, cuando lo considere necesario;

  21. Dar seguimiento a las recomendaciones que emitan las Comisiones;

  22. Presentar al Sistema de Protección Integral los informes, recomendaciones de política general y demás opiniones emanadas de la Comisión Especializada, así como las recomendaciones e informes de las Comisiones Permanentes o Transitorias, para lo cual, de considerarlo necesario, podrá realizar propuestas de Acuerdos, resoluciones o recomendaciones para que sean votadas por el Sistema de Protección, a fin de que coadyuven en la atención de las situaciones críticas y de urgencia que afecten el respeto y ejercicio de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

  23. Coadyuvar con la Coordinación de cada Comisión en los trabajos emprendidos por esta dentro del ámbito de sus atribuciones, para la ejecución de los acuerdos adoptados;

  24. Coordinar el intercambio de información entre las distintas Comisiones y las Secretarías Ejecutivas de los Sistemas Municipales;

  25. Brindar asistencia a las Comisiones en los procesos de consulta y participación que lleven a cabo con Niñas, Niños y Adolescentes;

  26. Facilitar el intercambio de información entre las Comisiones así como con otros espacios de interlocución creados por las instancias del Estado mexicano;

  27. Solicitar a la Coordinación de las Comisiones la información necesaria para la elaboración de los informes que deban presentarse al Sistema de Protección;

  28. Coordinar la sistematización y la compilación del trabajo desarrollado por las Comisiones y los acuerdos e informes que se deriven de ellas;

  29. Gestionar la publicación en el Periódico Oficial del "El Estado de Colima" el extracto de los acuerdos emitidos por el Sistema de Protección Integral, mediante los cuales se creen Comisiones en términos de lo establecido por el...

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