Lineamientos para el Control del Patrimonio Municipal del Municipio de Arteaga, Estado de Michoacán de Ocampo

EstadoMichoacán
MunicipioArteaga
COPIA SIN VALOR LEGAL
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXLVI Morelia, Mich., Martes 19 de Mayo del 2009 NUM. 51
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 TERCERA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Mtro. Leonel Godoy Rangel
Secretario de Gobierno
Mtro. Fidel Calderón Torreblanca
Director del Periódico Oficial
Lic. José Calderón González
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 20 páginas
Precio por ejemplar:
$ 13.00 del día
$ 19.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Calderón González
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ARTEAGA, MICH.
LINEAMIENTOS Y REGLAMENTO PARA
EL CONTROL DEL PATRIMONIO MUNICIPAL
ACTA NO. 46
SESIÓN ORDINARIA
En Arteaga, Michoacán, siendo las 11:00 (once horas con cero minutos) del día 31 (treinta
y uno) de Marzo de 2009 (dos mil nueve) reunidos en la sala de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento de esta población, previa convocatoria para celebrar sesión ordinaria los
CC. Jairo Germán Rivas Páramo, C. Adalid Barragán Cisneros, C. Beatriz Esquivel Torres,
C. Martín Avalos Inda, C. Teresa Guerrero Maciel, C. Genaro Paniagua Zúñiga, C.
Francisco Ortiz Coria, C. María Coria Zamayoa, C. José Juan Castañeda Coria; Presidente,
Síndico Municipal y Regidores Propietarios respectivamente; actuando como Secretario el
profesor Ramón Reyes Collins Cota bajo el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1..- . . . .
2..- . . . .
3..- . . . .
4..- . . . .
5.- Presentación y Aprobación del Reglamento para el Control del Patrimonio Municipal
6.- . . . .
7.- . . . .
8.- . . . .
9.- . . . .
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............................................................................................................................................
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En el asunto número cinco.- Presentación y aprobación del Reglamento para el Control
del Patrimonio Municipal, el Síndico, Municipal Adalid Barragán Cisneros dirige el análisis
dando una explicación amplia tanto del Reglamento como de los lineamientos, donde los
miembros del Honorable Ayuntamiento aclaran dudas y además coinciden en que es
necesario darle seguimiento y observar estos, después del análisis y consideraciones
necesarias se aprueba por unanimidad el Reglamento y los lineamientos para el Control del
Patrimonio Municipal.
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Martes 19 de Mayo de 2009. 3a Secc.
COPIA SIN VALOR LEGAL
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No existiendo más asuntos que tratar se da por terminada la
presente sesión, siendo las 03:00 horas (tres horas con cero
minutos) del día de su inicio, firmando en ella los que intervinieron.
Atentamente.- Sufragio Efectivo. No Reelección.- El Presidente
Municipal, C. Jairo Germán Rivas Paramo.- Síndico Municipal,
C. Adalid Barragán Cisneros.- Regidores, C. Profra. Beatriz
Esquivel Torres.- C. Profr. Martín Avalos Inda.- C. Teresa Guerrero
Maciel.- C. Genaro Paniagua Zúñiga.- C. Francisco Ortiz Coria.-
C. María Coria Zamayoa.- C. José Juan Castañeda Coria.- El
Secretario del H. Ayuntamiento, Profr. Ramón Reyes Collins Cota.
(Firmado).
C E R T I F I C A C I Ó N
El Profr. Ramón Reyes Collins Cota, Secretario del H.
Ayuntamiento de Arteaga, Michoacán, de acuerdo a las atribuciones
que le confiere la Ley;
CERTIFICA Y HACE CONSTAR
Que la presente copia es fielmente tomada de su original, misma
que tuve a la vista para su cotejo, Arteaga, Michoacán a 21 veintiuno
de abril del 2009 dos mil nueve. Doy fe.
A T E N T A M E N T E
"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN"
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
PROFR. RAMÓN REYES COLLINS COTA
(Firmado)
________________
LINEAMIENTOS PARA EL CONTROL DEL PATRIMONIO
MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ARTEAGA, ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
2. OBJETIVO
El presente Manual tiene por objeto, que los municipios del
Estado de Michoacán de Ocampo, definan y establezcan los
lineamientos y/o mecanismos de operación y procedimientos, para
controlar, aprovechar y preservar los bienes que corresponden al
patrimonio municipal, siendo un apoyo técnico-jurídico que
permita optimizar y regular las acciones que competen a la gestión
municipal, evitando los malos manejos de los fondos y recursos
públicos, así como agilizar los procesos de entrega-recepción, y
llevar a efecto una buena administración pública.
3. MARCO JURÍDICO
El presente Manual, se emite de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 27 fracción VI, 109 fracción III, 115 fracciones II
inciso b) y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 61 fracción XI, XVII, 145 fracción y IV párrafo tercero
de la Ley Aduanera; 1, 3, 5, 12, 13, 18, 22, 26, 41, 55 y 57 de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
1º, 3º, 65, 68 y 69 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas; 44 fracciones X, XI, 133,134
fracciones I, II, VI, VII y IX de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1º, 2º, 3º, 6º fracciones
I, VIII, X y 11 fracción XIX de la Ley de Fiscalización Superior
del Estado de Michoacán; 1º, 2º, 17 y 18 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes
Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán de Ocampo; 1º, 2º,
III, 43, 44 fracciones I, II y XXI de la Ley de Responsabilidades
de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán; y 2°, 32
inciso b) fracciones VI, X, inciso c) fracción I, 49 fracción XV, 59
fracciones VII, VIII, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130,
131, 132, 133, 134, 135 y 136, 137, 138, 139 y 140 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; así
como en ejercicio de las atribuciones legales que corresponden a la
Auditoría Superior de Michoacán, en cuanto Órgano Técnico del
Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, entre las que se
encuentra la emisión de la normatividad secundaria en debida
observancia a las leyes y reglamentos que expida el Honorable
Congreso del Estado, para el aseguramiento de la eficacia de sus
funciones.
4. DEFINICIONES
Para efectos del presente Manual, se deberán considerar los
términos y conceptos siguientes:
1. ACTIVO FIJO: Representa el conjunto de valores y derechos
que tiene cierta permanencia o fijeza, de realización o
disponibilidad para un periodo superior a un año, así como de
bienes muebles, inmuebles y especies animales de que dispone
la dependencia, los cuales se adquieren con el propósito de
utilizarse y no de venderse, naturalmente que cuando se
encuentren en malas condiciones o no presten un servicio
satisfactorio, sí pueden venderse, desecharse y/o cambiarse.
2. ADJUDICACIÓN: Consiste en declarar que determinado
bien, corresponde a una persona, en este caso al Municipio,
utilizando el procedimiento administrativo de ejecución, con
el cual pueden adjudicarse bienes propiedad del contribuyente,
con base en los supuestos que marca el Código Fiscal
Municipal.
3. AMORTIZAR: Deducción del precio de costo de las cosas en
el balance a fin de adecuarlas a su valor actual.
4. AUTÉNTICO: Acreditado de cierto y positivo, autorizado y
legalizado.
5. AVALÚO: Valor asignado a una cosa representado por su
precio.
6. BIENES: Son todas aquellas cosas materiales, que pueden ser
objeto de apropiación, susceptibles de producir beneficios de
carácter patrimonial.
7. BIENES DE DOMINIO PRIVADO: Es el conjunto de cosas

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