Lineamientos para la asignación y uso de espacios de estacionamiento en el Tribunal Electoral de la Ciudad de México

LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN Y USO DE ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO EN EL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Ciudad de México, agosto diez de dos mil diecisiete.

EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE

LE CONFIERE EL ARTÍCULO 181, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS

ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN REUNIÓN PRIVADA DE FECHA VEINTISIETE DE JULIO DE

DOS MIL DIECISIETE, APROBÓ LOS LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN Y USO DE ESPACIOS DE

ESTACIONAMIENTO EN EL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CUYO CONTENIDO

COMPLETO ES DEL TENOR SIGUIENTE:

LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN Y USO DE ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO EN EL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Los presentes Lineamientos serán de observancia obligatoria para las personas servidoras públicas y visitantes del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, y tienen por objeto regular la asignación, distribución y uso de los espacios de estacionamiento del Tribunal.

Artículo 2. De conformidad con la fracción I del artículo 3 del Reglamento de Estacionamientos Públicos del Distrito Federal, el tipo de estacionamiento que regula el presente ordenamiento, es de carácter privado, en virtud de que se trata de áreas destinadas a cubrir las necesidades propias del Tribunal.

Artículo 3. La o el titular de la Secretaría Administrativa vigilará el cumplimiento de los presentes Lineamientos.

Artículo 4. Los espacios de estacionamiento con que cuente el edificio del Tribunal, serán asignados por la persona titular de la Secretaría Administrativa, a las y los titulares de área, comenzando por el nivel dos del edificio y procurando que el personal de cada área quede en un mismo piso conforme al orden siguiente:

  1. Presidencia del Tribunal;

  2. Ponencias;

  3. Secretaría General;

  4. Secretaría Administrativa;

  5. Dirección General Jurídica;

  6. Contraloría Interna;

  7. Defensoría Pública Ciudadana de Procesos Democráticos;

  8. Coordinación de Archivo;

  9. Coordinación de Transparencia y Datos Personales;

  10. Coordinación de Comunicación Social Relaciones Públicas;

  11. Coordinación de Difusión y Publicación;

  12. Coordinación de Vinculación y Relaciones Internacionales;

    102 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Agosto de 2017

  13. Coordinación de Derechos Humanos y Género;

  14. Instituto de Formación y Capacitación;

  15. Unidad de Servicios Informáticos;

  16. Unidad Especializada de Procedimientos y Sancionadores;

  17. Unidad de Estadística y Jurisprudencia;

  18. Comisión de Controversias Laborales y Administrativas;

  19. Automóviles utilitarios, y

  20. Visitantes.

    Artículo 5. Las y los titulares de cada área designarán los lugares de estacionamiento que les correspondan entre las personas servidoras públicas adscritas a la misma, en estricto orden jerárquico, comenzando por los de mayor nivel hasta agotar los lugares disponibles.

    Artículo 6. Las y los titulares de área podrán disponer que sus lugares de estacionamiento sean utilizados por el personal a su cargo, informando de ello a la Secretaría Administrativa, para efectos de registro y control correspondientes.

    CAPÍTULO II

    DE LAS ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

    Artículo 7. La o el titular de la Secretaría Administrativa tendrá las atribuciones siguientes:

  21. Recibir y analizar las peticiones fundadas que le presenten los beneficiarios relativas al uso de los espacios de estacionamiento;

  22. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de uso o espacios del...

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