LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL.- CONVOCATORIA: 010-19
Fecha de publicación | 10 Junio 2019 |
Sección | Primera Sección |
Pág. 36 PERIÓDICO OFICIAL Junio 10 de 2019
(Primera Sección)
OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS) con las siguientes medidas y coli ndancias: AL NORTE en 23.45
m (veintitrés punto cuarenta y cinco metros) linda con callejón; AL ESTE en 319.83 m (trescientos diecinueve
punto ochenta y tres metros) y linda con parcela 937 (novecientos treinta y siete); AL SUROESTE en 32.75
m (treinta y dos punto setenta y cinco metros) linda con terracería Los Arquitos a Hacienda Nueva; AL
NOROESTE en 302.85 m (trescientos dos punto ochenta y cinco metros), linda con PREDIO 1 (UNO), de la
subdivisión 103/15 (CIENTO TRES, DIAGONAL, QUINCE); ASÍ COMO LA SUJECIÓN DEL MISMO AL
RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO, POR SER UN BIEN DE USO COMÚN.
Con los efectos y alcances jurídicos y administrativos establecidos en los artículos 5º fracción II, 6º
fracciones I y II, 7º fracción I, 8º fracción I, 9º fracción I, 11 y 24 fracción III, de la Ley de Bienes del Estado de
Aguascalientes, siendo por ello, inalienable e imprescriptible y no estará sujeto mientras no varíe su situación
jurídica, a acciones reivindicatorias o de posesión definitiva o provisional, de igual forma es inembargable, en
consecuencia no podrá hacerse efectivo auto de ejecución o sentencia alguna dictada por autoridad
competente a favor de particulares.
ARTÍCULO SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 25 de la Ley de Bienes del Estado de
Aguascalientes, “Las Dependencias y Entidades del Ejecutivo, tendrán en el ámbito de sus respectivas
competencias, las facultades para poseer, vigilar, conservar, administrar y controlar los bienes inmuebles de l
Gobierno del Estado”.
ARTÍCULO TERCERO.- En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 24 fracciones III y IX, 59
fracciones II y III de la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes, se ordena que en base a la misma, se
culminen los trámites inherentes a su destino y clasificación como bien del dominio público estatal mediante
su respectiva publicación por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes y en su
momento se inscriba en el Registro Administrativo de la Propiedad Pública del Estado de Aguascalientes, de
conformidad con los artículos 27 y 28 fracciones III y IV de la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes,
con la finalidad de que surta sus efectos legales correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO.- Túrnese a la Secretaría General de Gobierno del Estado de Aguascalientes,
para que ordene la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, de conformidad con las
fracciones II y III del artículo 59 de la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes.
Dado en las instalaciones de la Contraloría del Estado, a los once días del mes de marzo del año dos
mil diecinueve.
AT E N T A M E N T E
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.”
C.P. DAVID QUEZADA MORA
CONTRALOR DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Dirección General de Planeación Costos y Licitación de Obra
Licitación Pública Estatal
Convocatoria Estatal 010-19
En observancia al Artículo 90 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y de conformidad con
la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes (LOPSREA), a su
Reglamento (RLOPSREA); a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes y al
Reglamento Interior de la Secretaría de Obras Públicas. El Gobierno del Estado de Aguascalientes a través
de la Secretaría de Obras Públicas en adelante “La Secretaría”, convoca a los interesados en participar en las
licitaciones de carácter Estatal para la asignación y contratación de las obras siguientes:
1. Licitaciones, descripción de los trabajos, plazos de ejecución y capacidad financiera requerida:
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