Ley de Prevencion, Atencion y Combate a los Problemas de Obesidad para el Estado de Sonora
LEY DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y COMBATE A LOS PROBLEMAS DE OBESIDAD PARA EL ESTADO DE SONORA
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL: 22 DE DICIEMBRE DE 2016.
Ley publicada en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, el día jueves 27 de junio de 2013.
GUILLERMO PADRÉS ELÍAS, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Sonora, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso del Estado, se ha servido dirigirme la siguiente
L E Y:
NÚMERO 82
EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR EL (SIC) SIGUIENTE:
LEY
DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y COMBATE A LOS PROBLEMAS DE OBESIDAD PARA EL ESTADO DE SONORA
La aplicación de la presente Ley corresponde al Gobierno del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Salud, la Ley de Salud para el Estado de Sonora y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia.
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Proporcionar un marco jurídico que permita desarrollar los mecanismos y las herramientas necesarias para prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso, la obesidad mórbida, la súper obesidad y los trastornos alimenticios en el Estado, así como para promover en sus habitantes, la adopción de hábitos alimenticios y nutricionales correctos;
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Determinar las bases generales para el diseño, la ejecución y evaluación de las estrategias y programas públicos que tengan como objetivo prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso, la obesidad mórbida, la súper obesidad y los trastornos alimenticios, así como cualquier actividad pública tendiente a promover la adopción de hábitos alimenticios y nutricionales correctos en la población;
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Establecer la obligación de las autoridades, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, de prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso, la obesidad mórbida, la súper obesidad y los trastornos alimenticios, así como fomentar, de manera permanente e intensiva, la adopción de hábitos alimenticios y nutricionales correctos, en los términos establecidos en la presente Ley; y
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Fijar las medidas generales de carácter administrativo para la prevención y atención integral de la obesidad, el sobrepeso, la obesidad mórbida, la súper obesidad y los trastornos alimenticios, así como para el fomento de hábitos alimenticios y nutricionales correctos en los habitantes del Estado.
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Consejo.- Consejo para la Prevención, Atención y Combate Integral de la Obesidad, Sobrepeso y Trastornos Alimenticios;
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Secretaría.- Secretaría de Salud del Estado;
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Programa.- Programa para la prevención y combate de la obesidad, sobrepeso y trastornos alimenticios;
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Sobrepeso.- Es el exceso de peso en relación con la edad y estatura de la persona;
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Obesidad.- Es la enfermedad caracterizada por el exceso de tejido adiposo en el organismo. Se determina cuando el índice de masa corporal en adultos es mayor de 30;
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Obesidad mórbida.- Es la enfermedad caracterizada por el exceso de tejido adiposo en el organismo. Se determina cuando el índice de masa corporal en adultos es mayor de 40;
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Súper obesidad.- Es la enfermedad caracterizada por el exceso de tejido adiposo en el organismo. Se determina cuando el índice de masa corporal en adultos es mayor a 50; y
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Trastorno alimenticio.- Perturbaciones psicológicas que comportan anomalías graves en el comportamiento de la ingesta.
DE LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y COMBATE DE LA OBESIDAD, SOBREPESO, OBESIDAD MÓRBIDA, SUPER OBESIDAD Y TRASTORNOS ALIMENTICIOS.
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Formular el Programa;
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Garantizar la disponibilidad de servicios de salud para la...
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