Ley del Instituto Tlaxcalteca de la Cultura

LEY DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE LA CULTURA

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 6 DE AGOSTO DE 1985.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el 20 de abril de 1983.

Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO.- TLAXCALA.

EL C. LIC. TULIO HERNANDEZ GOMEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, a sus habitantes sabed:

Que por conducto de la Secretaría del H. Congreso del mismo, se me ha comunicado lo siguiente:

EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:

NUMERO 140

UNICO.- Con fundamento en la Fracción II del Artículo 54 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la Ley que dice:

LEY DEL INSTITUTO TLAXCALTECA

DE LA CULTURA

Artículo 1o Se crea un organismo público descentralizado estatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado "Instituto Tlaxcalteca de la Cultura", con domicilio en la Capital del Estado.
Artículo 2o Este Organismo tendrá por objeto promover, difundir, coordinar y desarrollar las manifestaciones de la cultura en general.
Artículo 3o Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto:
  1. Procurará la participación de los habitantes de la Entidad en las actividades culturales.

  2. Fungirá como Organo de asesoría de Gobierno del Estado en materia cultural.

  3. Dará a conocer el patrimonio ccltural (sic) del Estado en sus aspectos artísticos, históricos y científicos.

  4. Fomentará la capacitación y actualización de las personas que realicen actividades culturales.

  5. Dará cumplimiento a los programas que determine el Ejecutivo del Estado, derivados de los convenios que éste celebre con las diversas dependencias y entidades públicas, privadas y sociales dedicadas al quehacer cultural.

  6. Adquirirá, usará, usufructuará, administrará y conservará los bienes muebles e...

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