Ley de ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2013

ARTÍCULO 1

La hacienda pública de los municipios del Estado de México, percibirá durante el ejercicio fiscal del año 2013, los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran:

  1. IMPUESTOS:

    1.1. Impuestos sobre el Patrimonio.

    1.1.1. Predial.

    1.1.2. Sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.

    1.1.3. Sobre conjuntos urbanos.

    1.2. Otros Impuestos.

    1.2.1. Sobre anuncios publicitarios.

    1.2.2. Sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos.

    1.2.3. Sobre la prestación de servicios de hospedaje.

    1.3. Accesorios de Impuestos.

    1.3.1. Multas.

    1.3.2. Recargos.

    1.3.3. Gastos de ejecución.

    1.3.4. Indemnización por devolución de cheques.

  2. CONTRIBUCIÓN O APORTACIÓN DE MEJORAS PARA OBRAS PÚBLICAS:

    2.1. Para Obra Pública y Acciones de Beneficio Social.

    2.2. Accesorios de Contribución o Aportación de Mejoras por Obras Públicas.

    2.2.1. Multas.

    2.2.2. Recargos.

    2.2.3. Gastos de ejecución.

    2.2.4. Indemnización por devolución de cheques.

  3. DERECHOS:

    3.1. Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Público.

    3.1.1. Por uso de vías y áreas públicas para el ejercicio de actividades comerciales y de servicios.

    3.1.2. De estacionamiento en la vía pública y de servicio público.

    3.2. Derechos por Prestación de Servicios.

    3.2.1. De agua potable, drenaje, alcantarillado, recepción de caudales de aguas residuales para su tratamiento o manejo y conducción.

    3.2.2. Del registro civil.

    3.2.3. De desarrollo urbano y obras públicas.

    3.2.4. Por servicios prestados por autoridades fiscales, administrativas y de acceso a la información pública.

    3.2.5. Por servicios de rastros.

    3.2.6. Por corral de concejo e identificación de señales de sangre, tatuajes, elementos electromagnéticos y fierros para marcar ganado y magueyes.

    3.2.7. Por servicios de panteones.

    3.2.8. Por la expedición o refrendo anual de licencias para la venta de bebidas alcohólicas al público.

    3.2.9. Por servicios prestados por autoridades de seguridad pública.

    3.2.10. Por servicios prestados por las autoridades de catastro.

    3.2.11. Por servicios de alumbrado público.

    3.2.12. Por servicios de limpieza de lotes baldíos, recolección, traslado y disposición final de residuos sólidos industriales y comerciales.

    3.3. Accesorios de Derechos.

    3.3.1. Multas.

    3.3.2. Recargos.

    3.3.3. Gastos de ejecución.

    3.3.4. Indemnización por devolución de cheques.

  4. PRODUCTOS:

    4.1. Productos derivados del Uso y Aprovechamiento de Bienes no Sujetos a Régimen de Dominio Público.

    4.1.1. Por la venta o arrendamiento de bienes municipales.

    4.1.2. Impresos y papel especial.

    4.1.3. Derivados de bosques municipales.

    4.2. Otros Productos que generan Ingresos Corrientes.

    4.2.1. Rendimientos o ingresos derivados de las actividades de organismos descentralizados y empresas de participación municipal cuando por su naturaleza correspondan a actividades que no son propias de derecho público.

    4.2.2. En general, todos aquellos ingresos que perciba la hacienda pública municipal, derivados de actividades que no son propias de derecho público, o por la explotación de sus bienes patrimoniales.

  5. APROVECHAMIENTOS:

    5.1. Multas.

    5.1.1. Sanciones administrativas.

    5.2. Indemnizaciones.

    5.2.1. Indemnizaciones por daños a bienes municipales.

    5.2.2. Otras indemnizaciones.

    5.3. Reintegros.

    5.4. Otros Aprovechamientos.

    5.4.1. Uso o explotación de bienes de dominio público.

    5.4.2. Herencias, legados, cesiones y donaciones.

    5.4.3. Resarcimientos.

    5.5. Accesorios de Aprovechamientos.

    5.5.1. Multas.

    5.5.2. Recargos.

    5.5.3. Gastos de ejecución.

    5.5.4. Indemnización por devolución de cheques.

  6. INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, FIDEICOMISOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL:

    6.1. Rendimientos o Ingresos derivados de Organismos Descentralizados y Fideicomisos, cuando por su naturaleza correspondan a actividades propias de Derecho Público.

    6.2. Rendimientos o Ingresos derivados de Empresas de Participación Estatal, cuando por su naturaleza correspondan a actividades propias de Derecho Público.

  7. INGRESOS NO COMPRENDIDOS EN LOS NUMERALES ANTERIORES CAUSADOS EN EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN O PAGO:

    7.1. Impuestos no comprendidos en los numerales anteriores Causados en Ejercicios Anteriores pendientes de Liquidación o Pago.

    7.2. Contribuciones de Mejoras, Derechos, Productos y Aprovechamientos no comprendidos en los numerales anteriores Causados en Ejercicios Anteriores pendientes de Liquidación o Pago.

  8. PARTICIPACIONES, APORTACIONES, CONVENIOS Y SUBSIDIOS:

    8.1. Las participaciones derivadas de la aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal y demás ordenamientos jurídicos federales aplicables.

    8.1.1. Fondo General de Participaciones.

    8.1.2. Fondo de Fomento Municipal.

    8.1.3. Fondo de Fiscalización.

    8.1.4. Correspondientes al impuesto especial sobre producción y servicios.

    8.1.5. Correspondientes al impuesto sobre automóviles nuevos.

    8.1.6. Correspondientes al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.

    8.1.7. Correspondientes al Fondo de Compensación del impuesto sobre automóviles nuevos.

    8.1.8. Las derivadas de la aplicación del artículo 4-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

    8.2. Las participaciones derivadas de la aplicación de la fracción II del artículo 219 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

    8.2.1. Del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos automotores.

    8.2.2. Del impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados.

    8.2.3. Del impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos permitidos con cruce de apuestas.

    8.2.4. Del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.

    8.3. Aportaciones Federales.

    8.3.1. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal.

    8.3.2. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

    8.4. Las demás derivadas de la aplicación del Título Séptimo del Código Financiero del Estado de México y Municipios, así como de los convenios, acuerdos o declaratorias que al efecto se celebren o realicen.

    8.5. SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES.

    8.5.1. Subsidios y subvenciones.

  9. INGRESOS FINANCIEROS:

    9.1. Utilidades, dividendos y rendimientos de inversiones en créditos, valores y bonos, por acciones y participaciones en sociedades o empresas.

  10. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS:

    10.1. Pasivos generados al cierre del ejercicio fiscal pendientes de pago.

    10.2. Los derivados de las operaciones de crédito en los términos que establece el Título Octavo del Código Financiero del Estado de México y Municipios y otras leyes aplicables.

ARTÍCULO 2

El pago extemporáneo de...

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