Ley de Ingresos del Municipio de Totolac, Tlaxcala, para el ejercicio fiscal dos mil doce
Estado | Tlaxcala |
Municipio | Totolac |
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo.
MARIANO GONZALEZ ZARUR, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed:
Que por conducto de la Secretaria Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente:
EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA.
NUMERO 55
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TOTOLAC,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. En el Estado de Tlaxcala las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a los ordenamientos tributarios que el Estado y el Municipio establezcan.
Las personas físicas y morales del Municipio de Totolac deberán contribuir para los gastos públicos municipales de conformidad con la presente ley.
Los ingresos que el Municipio de Totolac percibirá durante el ejercicio fiscal del año 2012, serán los que se obtengan por concepto de:
I. Impuestos;
II. Derechos;
III. Productos;
IV. Aprovechamientos;
V. Participaciones estatales;
VI. Aportaciones y Transferencias Federales, y
VII. Ingresos Extraordinarios.
Para los efectos de esta ley se tendrán como:
a). SALARIO. El Salario Mínimo Diario, vigente en el Estado de Tlaxcala durante el ejercicio fiscal 2012.
b). CODIGO FINANCIERO. El Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
c). AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento del Municipio de Totolac.
d). MUNICIPIO. Se entenderá como el Municipio de Totolac, Tlaxcala.
e).PRESIDENCIAS DE COMUNIDAD. Se entenderá todas las que se encuentran legalmente constituidas en el territorio del Municipio.
f). ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. El aparato administrativo, personal y equipo, que tenga a su cargo la prestación de servicios públicos, subordinada del Ayuntamiento del Municipio de Totolac.
g). LEY MUNICIPAL. Deberá entenderse a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.
n) M.L. Se entenderá como metro lineal.
ARTÍCULO 2. Los ingresos mencionados en el artículo anterior se describen y enumeran en las cantidades estimadas siguientes:
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