Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de los Romo, Ags., para el Ejercicio Fiscal del año 2015

Fecha de publicación31 Diciembre 2014
EstadoAguascalientes
MunicipioSan Francisco de los Romo
Con fundamento en el Artículo 9° de la Ley del Periódico Ocial del Estado de Aguascalientes y dando cumplimiento a lo señalado en el
Artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, se ordena la publicación en número extraordinario de los Decreto
número 131 correspondiente a la Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de los Romo, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal
del Año 2015
C O N T E N I D O :
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
H. CONGRESO DEL ESTADO.- LXII Legislatura
Decreto número 131.- Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de los Romo, Aguas-
calientes, para el Ejercicio Fiscal del Año 2015
Í N D I C E :
Página 62
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
DÉCIMA SEGUNDA SECCIÓN
TOMO XV Aguascalientes, Ags., 31 de Diciembre de 2014 Núm. 17
EXTRAORDINARIO EXTRAORDINARIO
RESPONSABLE: Lic. Sergio Javier Reynoso Talamantes, Secretario de Gobierno.
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 31 de 2014
(Décima Segunda Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
CARLOS LOZANO DE LA TORRE, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad
constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de los Romo,
Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del Año 2015, quedando en los siguientes términos:
Ley de Ingresos del Municipio de San Francisco de los Romo, Aguascalientes,
para el Ejercicio Fiscal del Año 2015
TÍTULO PRIMERO
DE LOS INGRESOS
CAPÍTULO ÚNICO
De los Ingresos
ARTÍCULO 1º.- Los ingresos que el Municipio percibirá durante el Ejercicio Fiscal del 1º de enero al 31
de diciembre del año 2015, serán los provenientes de los conceptos que a continuación se indican:
INGRESOS DE GESTIÓN
1. IMPUESTOS $ 16’025,000.00
1.1 IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS 80,000.00
I. Sobre diversiones, juegos permitidos y espectáculos públicos 80,000.00
1.2 IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO 7’700,000.00
I. A la propiedad raíz 7’700,000.00
1.3 IMPUESTOS SOBRE LA PRODUCCIÓN, EL CONSUMO Y LAS TRANSACCIO-
NES
6’000,000.00
I. Sobre adquisiciones de inmuebles 6’000,000.00
1.4 ACCESORIOS 745,000.00
I Recargos 250,000.00
a) A la propiedad raíz 130,000.00
b) Sobre adquisiciones de inmuebles 120,000.00
II.-. Gastos de ejecución 35,000.00
III.-Actualizaciones 460,000.00
a) A la propiedad raíz 60,000.00
b) Sobre adquisición de inmuebles 350,000.00
c) Actualizaciones Sobre Adquisición de Inmuebles 50,000.00
1.5 IMPUESTOS NO COMPRENDIDOS EN LAS FRACCIONES DE LA LEY DE
INGRESOS CAUSADAS EN EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES PENDIENTES
DE LIQUIDACIÓN O COBRO
1’500,000.00
I. Rezago 1’500,000.00
2. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 12,000.00
2.1 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS 12,000.00
3. DERECHOS 10’855,000.00
3.1 POR EL USO, GOCE, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN DE BIENES DE
DOMINIO PÚBLICO
5,000.00
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Diciembre 31 de 2014 (Décima Segunda Sección)
I. Por concesiones de parques y jardines $ 5,000.00
3.2 POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 10’819,000.00
I. Por servicios prestados por la Dirección de Desarrollo Urbano, tales como: subdivisión,
fusión y reloticación, alineamiento y compa tibilidad urbanística y uso de suelo
1’000,000.00
II. Por servicios prestados a predios sin bardar 1,000.00
III. Por servicios de reparación de banquetas y pavimentos 1,000.00
IV. Por servicios relativos a las construcciones 2’500,000.00
V. Por servicios relativos a fraccionamientos y condominios 400,000.00
VI. Por Servicios relativos a la Supervisión de Obras, Fraccionamientos, Condominios,
subdivisiones y/o desarrollos Especiales
3´000,000.00
VII. Por servicios de manejo y disposición de residuos sólidos 30,000.00
VIII. Por servicios de transportación municipal 5,000.00
IX. Por servicios prestados por rastros municipales 20,000.00
X. Por el uso y prestación de servicios en cementerios 300,000.00
XI. Por expedición de certicados, certicaciones, legalizaciones, actas y copias de
documentos
20,000.00
XII. Por servicios prestados por la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Munici-
pal
20,000.00
XIII. Por servicios prestados en mercados y/o tianguis 150,000.00
XIV. Por ingresos a los parques públicos y sus instalaciones 2,000.00
XV. Por servicios Catastrales 250,000.00
XVI. Por expedición inicial o refrendo de funcionamiento de establecimientos comer-
ciales, cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas o prestación de servicios que
incluyan su expendio, así como los giros sin venta de bebidas alcohólicas
2,000,000.00
XVII. Por derechos de publicidad 50,000.00
XVIII. Por servicios prestados por el Comité para el Desarrollo Integral de la Familia 30,000.00
XIX. Por servicios prestados de alumbrado público 1,000,000.00
XX. Por permisos comerciales temporales 35,000.00
XXI. Por servicios relativos a las construcciones/contraloría 5,000.00
3.3 ACCESORIOS 31,000.00
I. Recargos 30,000.00
II. Gastos de ejecución 1,000.00
4. PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 425,000.00
4.1 DERIVADOS DEL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES NO SUJETOS A
RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO
425,000.00
I. Por renta o benecio de bienes propiedad del Municipio 15,000.00
4.2. ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES NO SUJETOS A SER INVENTARIA-
DOS
10,000.00
a) Por enajenación de bienes muebles e inmuebles del dominio privado pertenecientes
al patrimonio municipal
10,000.00
4.3. OTROS PRODUCTOS QUE GENERAN INGRESOS CORRIENTES 400,000.00
a) Otros productos 400,000.00
5. APROVECHAMIENTOS 2’343,000.00
5.1 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 333,000.00
I. Multas 300,000.00

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