Ley de Ingresos del Municipio de Huejucar, Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2014

Fecha de publicación10 Diciembre 2013
EstadoJalisco
MunicipioHuejúcar
JUEVES 12 DE DICIEMBRE
DE 2013
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXXVII
45
SECCIÓN III
3
Ley de Ingresos 2014. Huejúcar. Número 45. Sección III
Al margen un sello que dice: Secretaría General de Gobierno.Gobierno del Estado de Jalisco.
Estados Unidos Mexicanos.
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a
los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente
DECRETO
NÚMERO 24716/LX/13. EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
ARTICULO ÚNICO. SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE HUEJÚCAR, JALISCO,
PARA SU EJERCICIO FISCAL 2014, PARA QUEDAR COMO SIGUE:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE HUEJÚCAR, JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL
DEL AÑO 2014.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO ÚNICO
De la percepción de los ingresos y def‌iniciones
Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general para el Municipio de
Huejúcar, quien para erogar los gastos que demanda la atención de su administración: funciones,
atribuciones, servicios públicos y demás obligaciones a su cargo, su Hacienda Pública percibirá
durante el ejercicio fiscal de 2014, los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se
enumeran:
Impuestos $1,466,819.00
Impuestos sobre el patrimonio
Impuesto predial $ 1,007,820.00
Transmisiones patrimoniales $ 428,307.00
Impuestos sobre negocios jurídicos
Impuestos sobre los ingresos
Impuesto sobre espectáculos públicos $ 5,400.00
Accesorios de Impuestos $ 25,292.00
Contribuciones de mejora
De las Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas
Derechos $ 1,489,177.00
Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes del Dominio Público
Bienes muebles e inmuebles municipales del Dominio Público
Panteones

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