Ley de Ingresos para la Municipalidad de Rosamorada, Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2017

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2017
Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos
Seccióncima Sexta Tomo CXCIX
Tepic, Nayarit; 24 de Diciembre de 2016 Número: 124
Tiraje: 030
SUMARIO
LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE
ROSAMORADA, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017
2 Periódico Oficial
Sábado 24 de Diciembre de 2016
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo.- Nayarit.
ROBERTO SANDOVAL CASTAÑEDA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
DECRETO
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
representado por su XXXI Legislatura, decreta:
LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE
ROSAMORADA, NAYARIT;
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES PRELIMINARES
SECCIÓN ÚNICA
Artículo 1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 fracción IV, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 111 y 115 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; y lo dispuesto por el artículo
de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Na yarit; la Hacienda Pública del
Municipio de Rosamorada, Nayarit; durante el ejercicio fiscal del año 2017, percibirá los
ingresos por conceptos de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos,
aprovechamientos, participaciones y fondos de aportaciones e ingresos extraordinarios
conforme a las bases, cuotas, tasas y tarifas que en esta Ley se establecen.
La estimación de ingresos para el ejercicio 2017 para el Municipio de Rosamorada,
Nayarit; se conformará de la siguiente manera:
Concepto de Ingreso
Ingreso estimado
2017
Impuestos
850,000.00
Impuesto predial 850,000.00
Impuesto predial urbano 450,000.00
Impuesto predial ejidal 300,000.00
Impuesto rústico 0.00
Impuestos sobre adquisición de bienes 100,000.00
1,949,300.00
Derechos Por El Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación De
Bienes De Dominio Público 35,000.00
Uso de piso público 10,000.00

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