Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos para el Ejercicio Fiscal del 1 de Enero Al 31 de Diciembre de 2020

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 29 de enero de 2020.

Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: "Tierra y Libertad".- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.

CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED:

La Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:

  1. ANTECEDENTES.

[...]

Por lo anteriormente expuesto, esta LIV Legislatura ha tenido a bien expedir la siguiente:

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020.

ARTÍCULO PRIMERO Se aprueba la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos para el Ejercicio Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

El Gobierno del Estado de Morelos percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en el Artículo Segundo de la presente Ley de Ingresos, por la cantidad de $ 26'801,054,000.00 (VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M. N.); siendo el detalle de los ingresos estimados el siguiente:

[N. DE E. VÉASE TABLA EN LA TERCERA SECCIÓN DEL P.O. DE 29 DE ENERO DE 2020, PÁGINAS DE LA 68 A LA 71.]

La estimación de las cantidades por Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Fondo de Fiscalización y Recaudación, cuota a la venta final de combustibles y las derivadas de participaciones federales, se verán modificadas de acuerdo a la evolución que observe la recaudación estatal y la Recaudación Federal Participable.

ARTÍCULO SEGUNDO Los ingresos que el Gobierno del Estado de Morelos percibirá durante el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020, serán de acuerdo a lo señalado en las Leyes Fiscales aplicables, de conformidad con los siguientes conceptos:
  1. INGRESOS PROPIOS:

    1. Impuestos:

      1. Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados;

      2. Sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje;

      3. Sobre Diversiones;

      4. Sobre Espectáculos;

      5. Sobre los Servicios de Parques Acuáticos y Balnearios;

      6. Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Juegos permitidos con apuesta y la obtención de premios en apuestas permitidas;

      7. Sobre Erogaciones por...

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