Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos, Correspondiente Al Ejercicio Fiscal del 1 de Enero Al 31 de Diciembre de 2017

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 16 DE JULIO DE 2017.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Morelos, el jueves 22 de diciembre de 2016.

Al margen izquierdo un Escudo del Estado de Morelos que dice: "Tierra y Libertad".- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.

GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED:

Que el H. Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente:

LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES:

[...]

Por lo anteriormente expuesto, esta LIII Legislatura ha tenido a bien expedir el siguiente:

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017

ARTÍCULO PRIMERO Se aprueba la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Morelos para el Ejercicio Fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

El Gobierno del Estado de Morelos percibirá los ingresos provenientes de los conceptos señalados en el Artículo Segundo de la presente Ley de Ingresos, por la cantidad de $21´516,427,000.00 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS 00/100 M. N.); siendo el detalle de los ingresos estimados el siguiente:

[N. DE E. VÉASE TABLA EN EL P.O. DE 22 DE DICIEMBRE DE 2016, PÁGINAS DE LA 7 A LA 9.]

La estimación de las cantidades por Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Fondo de Fiscalización y Recaudación, cuota a la venta final de combustibles y las derivadas de participaciones federales, se verán modificadas de acuerdo a la evolución que observe la recaudación estatal y la RFP.

ARTÍCULO SEGUNDO Los ingresos que el Gobierno del Estado de Morelos percibirá durante el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, serán de acuerdo a lo señalado en las Leyes Fiscales aplicables, de conformidad con los siguientes conceptos:
  1. INGRESOS PROPIOS:

    1. IMPUESTOS:

      1. Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados;

      2. Sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje;

      3. Sobre Diversiones;

      4. Sobre Espectáculos;

      5. Sobre los Servicios de Parques Acuáticos y Balnearios;

      6. Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Juegos permitidos con apuesta y la obtención de premios en apuestas permitidas;

      7. Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal;

      8. Sobre Demasías Caducas, y

      9. Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago;

    2. DERECHOS:

      1. Servicios en materia de expedición de copias certificadas y certificaciones;

      2. Recuperación de los materiales utilizados en el proceso de respuesta a las solicitudes de acceso a la información pública;

      3. Servicios Registrales de la Propiedad y del Comercio;

      4. Servicios de Archivo y...

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