Ley para el Impulso de la Cultura de la Legalidad del Estado de Morelos

LEY PARA EL IMPULSO DE LA CULTURA DE LA LEGALIDAD DEL ESTADO DE MORELOS

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 8 de octubre de 2014.

Al margen izquierdo un Escudo del Estado de Morelos que dice: "Tierra y Libertad".- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo.- LII Legislatura. 2012-2015.

GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED:

Que el H. Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente:

LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: I.- DEL PROCESO LEGISLATIVO...

Por lo anteriormente expuesto, esta Legislatura ha tenido a bien expedir la siguiente:

LEY PARA EL IMPULSO DE LA CULTURA DE LA LEGALIDAD DEL ESTADO DE MORELOS.

Artículo Único Se emite la Ley para el Impulso de la Cultura de la Legalidad del Estado de Morelos.

LEY PARA EL IMPULSO DE LA CULTURA DE LA LEGALIDAD DEL ESTADO DE MORELOS.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 15
Artículo 1 Esta Ley es de interés público y social, de observancia general en el Estado, y tiene por objeto el impulso de la cultura de la legalidad, su promoción, enseñanza y fomento, así como el fortalecimiento del Estado de Derecho y la cooperación entre sociedad y gobierno.
Artículo 2 Para efecto de la interpretación de la presente Ley, se entenderá por:
  1. Consejo Estatal: Al Consejo Estatal de Seguridad Pública;

  2. Consejo Municipal: Al Consejo Municipal de Seguridad Pública;

  3. Cultura de la Legalidad: Atributo de la sociedad que se distingue por el respeto y acatamiento de las disposiciones jurídicas vigentes;

  4. Comisionado: Al Comisionado de Seguridad Pública del Estado de Morelos;

  5. Ley: Ley para el Impulso de la Cultura de la Legalidad para el Estado de Morelos, y

  6. Programa: Programa para Impulsar la Cultura de la Legalidad en el Estado de Morelos.

  7. Ley del Sistema: A la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos.

Artículo 3 El Estado impulsará y apoyará la participación de las instituciones públicas, privadas y sociales, para la realización de acciones y programas permanentes, en el marco de la presente Ley, sobre los siguientes ejes principales:
  1. Educación desde la escuela;

  2. Sociedades y asociaciones o individuos que tengan un impacto positivo en la sociedad;

  3. Medios de comunicación;

  4. Instituciones policiales, e

  5. Instituciones que conformen la estructura gubernamental.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 8

DE LA ORGANIZACIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS ESTATAL Y MUNICIPAL PARA IMPULSAR LA CULTURA DE LA LEGALIDAD

Artículo 4 Los Consejos Estatal y Municipal se integrarán de acuerdo a la Ley del Sistema.
Artículo 5

El Consejo, además de las obligaciones consignadas en la Ley del Sistema, para el cumplimiento de los fines de esta Ley, tendrá por objeto planear, establecer, coordinar y evaluar todas las acciones, programas y estrategias tendientes a la investigación, diagnóstico social, enseñanza, difusión y el fomento de la cultura de la legalidad y el fortalecimiento del Estado de Derecho en el Estado de Morelos.

Los Consejos Municipales, además de las obligaciones consignadas en la Ley del Sistema, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los fines de esta Ley, tendrán el mismo objeto que el Consejo, pero adicionalmente ejecutarán todas las acciones y estrategias tendientes a la construcción de una cultura de la legalidad y de la justicia, así como la implementación de los programas, foros, eventos y actividades...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR