Ley de Fomento Economico para el Estado de Colima
LEY DE FOMENTO ECONÓMICO PARA EL ESTADO DE COLIMA
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 7 DE OCTUBRE DE 2017.
Ley publicada en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 29 de agosto de 1998.
FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente
DECRETO
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN EL ARTICULO 39, DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y
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Por lo anteriormente expuesto y fundado ha tenido a bien expedir el siguiente
LEY DE FOMENTO ECONOMICO PARA EL ESTADO DE COLIMA
Tiene por objeto establecer las bases para incentivar y promover la inversión a fin de impulsar el crecimiento económico de los sectores, de manera integral, sostenido y sustentable de la entidad, e incrementar el bienestar social de los colimenses, dentro de un marco jurídico que otorgue seguridad a la inversión, al trabajo y que promueva el desarrollo del Estado.
(REFORMADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 2013)
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LEY: A la Ley de Fomento Económico para el Estado de Colima;
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SECRETARIA: A la Secretaría de Fomento Económico;
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CONSEJO: Al Consejo Estatal para el Fomento Económico;
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COMITE: Al Comité Técnico;
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EMPRESAS: A las unidades económicas, personas físicas o morales, constituidas legalmente y dedicadas a la producción de bienes o la prestación de servicios.
(ADICIONADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2005)
EMPRESA COLIMENSE: Las unidades económicas que causen y paguen sus contribuciones en el Estado de Colima, que tengan su domicilio fiscal en esta entidad federativa, que se encuentren generado empleo en el territorio colimense, y que acrediten cuando menos seis meses operando, mismas que podrán obtener el Certificado, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente Ley y en el Reglamento respectivo.
(ADICIONADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2005)
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CERTIFICADO: Al Certificado de Empresa Colimense emitido por la Secretaría a favor de las empresas que reúnan los requisitos que dispone el capítulo correspondiente de la Ley.
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Fomentar el crecimiento económico del Estado, que impulse el fortalecimiento equilibrado de los sectores de la economía, en un marco jurídico que brinde seguridad a la empresa en todo el proceso productivo;
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Impulsar la desregulación en materia económica y simplificación administrativa a fin de crear un entorno favorable y competitivo para impulsar las actividades económicas;
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Promover el aprovechamiento integral de los recursos ya existentes, así como las ventajas comparativas de las diferentes regiones de la entidad;
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Concertar la incorporación de los Ayuntamientos en las políticas de promoción y fomento derivadas de la aplicación de la presente Ley;
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Fortalecer la VENTANILLA UNICA DE GESTION EMPRESARIAL que facilite el establecimiento y operación de nuevos negocios;
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Propiciar la incorporación de las dependencias y organismos federales en las actividades de fomento que coadyuven al crecimiento económico del Estado;
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Identificar las actividades económicas estratégicas de la Entidad, a fin de diseñar programas de fomento sectorial que fortalezcan su posición competitiva;
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Impulsar programas de capacitación, investigación y avance tecnológico, que atienda las necesidades especificas de los inversionistas, propiciando una mayor vinculación entre los sectores educativos y productivos de la entidad;
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Generar nuevas fuentes de empleo y consolidar las ya existentes;
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Identificar y promover proyectos productivos para atraer la inversión nacional y extranjera hacia el Estado;
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Fomentar esquemas de asesoría, asociación e integración entre unidades económicas, que fortalezcan la productividad y la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa;
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Estimular el comercio exterior del Estado, con programas estratégicos que impulsen la oferta exportable, el fortalecimiento y diversificación de cadenas productivas, con el ahorro de divisas;
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Promover la creación de infraestructura necesaria para el crecimiento económico;
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Promover los instrumentos de financiamiento estatal y municipal, para captar recursos nacionales y extranjeros, en apoyo de las empresas que lo requieran;
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Fomentar la integración de la actividad económica al mercado regional, nacional e internacional;
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Promover el establecimiento y consolidación de parques y zonas industriales;
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Propiciar la reubicación de aquellas industrias que actualmente se encuentran en zonas urbanas;
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Promover un sistema estatal de información que permita tener datos oportunos y confiables, como un apoyo a las labores de planeación y promoción;
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Diseñar estrategias para potencializar el desarrollo de los diferentes municipios del Estado;
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Promover la cultura del respeto al medio ambiente, en donde se privilegie la actividad de empresas no contaminantes;
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Estimular los programas de capacitación, productividad y calidad total de las empresas Colimenses;
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Promover la participación del Estado en eventos nacionales e internacionales que permitan difundir las oportunidades de negocio e inversión que ofrece el Estado de Colima;
(REFORMADA, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 2013)
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Impulsar el establecimiento de las industrias maquiladoras de exportación;
(REFORMADA, P.O. 1 DE JULIO DE 2017)
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Incentivar la generación de empleos para jóvenes de 18 a 30 años de edad, así como para personas mayores de 45 años de edad; y
(ADICIONADA, P.O. 1 DE ABRIL DE 2017)
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Promover, en coordinación con las autoridades competentes, programas de certificación enfocados a las artes, técnicas u oficios, con el objetivo de impulsar la competitividad y el desarrollo de éstas actividades impulsadas por micro, pequeños o medianos empresarios; y
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Las demás que sean necesarias para el cumplimiento del objeto y fines propuestos en la presente Ley.
DE LAS EMPRESAS SUJETAS A FOMENTO
(REFORMADO, P.O. 17 DE AGOSTO DE 2013)
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Que se ubiquen fuera de las zonas urbanas y en las áreas geográficas no restringidas por los planes parciales de desarrollo urbano y por el Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Estatal o en zonas que se consideren prioritarias, conforme a los estudios de vocaciones regionales y otras que muestren la viabilidad de crecimiento de ciertas regiones de la entidad, en el caso de empresas industriales;
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Que generen empleos directos o sus inversiones se apliquen en activos fijos en las áreas o zonas geográficas donde las empresas se establezcan, conforme a los rangos, cantidades y plazos que se determinen en el reglamento de esta Ley;
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Que realicen exportaciones de productos procesados;
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Que pertenezcan a sectores o ramas productivas que sean prioritarias, de acuerdo con lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo y que sean identificadas con posibilidades de participar exitosamente en los mercados de exportación de acuerdo a los criterios que establezca la Secretaría;
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Que pertenezcan a sectores o ramas productivas que se consideren prioritarias, que sean identificadas como estratégicas o necesitadas de apoyos especiales;
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Que se trate de micros, pequeñas y medianas empresas que se constituyan en un esquema de asociación formal para mejorar su productividad y competitividad;
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Que tengan a su servicio, preferentemente, personas con discapacidad;
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Que sean creadas por jóvenes emprendedores o que sean propiedad de jóvenes empresarios, en los términos de la legislación aplicable; o
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Que realicen cualquiera de las siguientes actividades:
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De infraestructura en parques industriales, regiones con vocación turística y habitacionales;
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De conservación del medio ambiente y realicen inversiones para evitar los problemas de la contaminación ambiental en materia de reciclaje, tratamiento y confinamiento de residuos domésticos e industriales;
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En programas de crecimiento, consolidación y diversificación de proveedores;
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De instrumentación de programas permanentes de investigación y de avance científico o tecnológico;
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De promoción de una cultura de la calidad mediante acciones de normalización, certificación y verificación; y
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De impulso, diversificación e incremento de programas de inversión en la capacitación y...
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