Ley de Estimulos, Recompensas y Premios a los Funcionarios y Empleados del Gobierno del Estado de Puebla
LEY DE ESTIMULOS, RECOMPENSAS Y PREMIOS A LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el Suplemento Número 1 del Periódico Oficial del Estado de Puebla, el martes 29 de agosto de 1978.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Congreso del Estado.- Puebla.
ALFREDO TOXQUI FERNANDEZ DE LARA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a los habitantes del mismo, sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha dirigido el siguiente:
D E C R E T O
EL H. XLVII CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA,
D E C R E T A
LEY DE ESTIMULOS, RECOMPENSAS Y PREMIOS A LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA
De los Objetivos
De los Estímulos
a).- Mención honorífica.
b).- Diploma.
c).- Medalla.
Al concederse un estímulo podrá otorgarse también una recompensa.
Igualmente tendrán derecho a un estímulo aquellos servidores que participando en concursos técnicos, culturales o administrativos a nivel nacional o internacional, hayan sobresalido.
De las Recompensas
a).- Vacaciones extraordinarias.
b).- Becas personales en Plantees (sic) o Instituciones Nacionales o del extranjero, y
c).- Sumas en efectivo.
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Por iniciativa valiosa, estudios relevantes y ejecuciones destacadas en materias de:
a).- Planes...
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