Ley que Establece las Bases Generales para la Expedicion de Bandos de Policia y Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de Observancia General de Orden Municipal

LEY QUE ESTABLECE LAS BASES GENERALES PARA LA EXPEDICION DE BANDOS DE POLICIA Y GOBIERNO, REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL DE ORDEN MUNICIPAL

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL: 5 DE AGOSTO DE 2005.

Ley publicada en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz-Llave, el jueves 23 de enero de 2003.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.

Miguel Alemán Velazco, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado se ha servido dirigirme la siguiente Ley para su promulgación y publicación:

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ-LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y 38 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; 18 FRACCIÓN I Y 47 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO; 103 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE LA SIGUIENTE:

LEY Número 531

QUE ESTABLECE LAS BASES GENERALES PARA LA EXPEDICIÓN DE BANDOS DE POLICÍA Y GOBIERNO, REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL DE ORDEN MUNICIPAL

Artículo 1

La presente Ley tiene por objeto establecer las bases generales conforme a las cuales los Ayuntamientos deberán expedir los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Artículo 2 (DEROGADO, G.O. 5 DE AGOSTO DE 2005)
Artículo 3 Para la adecuada organización, funcionamiento y prestación de los servicios públicos municipales, los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia y con la participación que dispongan la legislación federal y la estatal, expedirán:
  1. Los bandos de policía y gobierno, que deberán precisar los actos y procedimientos necesarios para mantener el orden público, así como las medidas de prevención, de seguridad y de protección para garantizar la integridad física de los habitantes y vecinos del municipio;

  2. Los reglamentos que organicen el funcionamiento de la administración pública municipal;

  3. Los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general para la prestación continua, regular y uniforme de los servicios públicos siguientes:

    1. Agua potable, drenaje y alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;

    2. ...

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