Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo



[N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ORDENAMIENTO Y SUS DECRETOS DE MODIFICACIONES, SE SUGIERE CONSULTAR LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS CORRESPONDIENTES.]

LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el viernes 29 de diciembre de 2006.

MIGUEL ANGEL OSORIO CHONG, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, A SUS HABITANTES SABED:

QUE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:

DECRETO NUM. 328

QUE CONTIENE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 56 fracciones I y II de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, DECRETA:

A N T E C E D E N T E S

  1. - En sesión ordinaria de fecha 28 de diciembre del año dos mil cinco, por instrucciones del Presidente de la Directiva del Congreso del Estado, nos fue turnado para su estudio y dictamen, la Iniciativa de Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo.

  2. - Las Comisiones Legislativas actuantes registraron el presente asunto en el Libro de Gobierno con el número 056/2005.

C O N S I D E R A N D O

[...]

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONGRESO, HA TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O

QUE CONTIENE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE HIDALGO

CAPITULO I Artículos 1 a 3

NATURALEZA Y OBJETO DE LA LEY

Artículo 1 Las disposiciones de la presente Ley son de orden público, interés social y de observancia obligatoria en el Estado de Hidalgo.

(ADICIONADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2018)

Artículo 1 Bis Queda prohibida cualquier practica discriminatoria en la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas de Desarrollo Social.
Artículo 2 La presente Ley tiene por objeto:

(REFORMADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  1. Garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internacionales celebrados por el Estado Mexicano y Constitución Política del Estado de Hidalgo, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social;

    (ADICIONADA [N. DE E. REUBICADA], P.O. 1 DE AGOSTO DE 2018)

  2. Bis. Fomentar el desarrollo social y humano, garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales y crear los mecanismos necesarios para lograr la cabal realización y concreción de los mismos;

  3. Coordinar y armonizar la Política Estatal y Municipal de desarrollo social, en el marco de la Política Nacional de Desarrollo Social;

  4. Establecer las bases y principios generales para la planeación, instrumentación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en materia de desarrollo social;

  5. Garantizar la calidad de los programas sociales a cargo del Gobierno del Estado y de los Municipios, así como su eficiente aplicación con apego a los principios de equidad y justicia;

  6. Impulsar la participación ciudadana, abriendo espacios para que la sociedad en sus diferentes formas de organización coadyuve con la Política Estatal en materia de Desarrollo Social;

  7. Establecer los criterios de coordinación de las acciones que se realicen entre el Gobierno del Estado y los Municipios y ambos con la Federación, en materia de Desarrollo Social;

  8. Impulsar el desarrollo económico que promueva el desarrollo social de las Zonas de Atención Prioritaria en el Estado; y

    (ADICIONADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2018)

  9. Bis. Promover el establecimiento de instrumentos de acceso a la justicia, a través de la denuncia popular, en materia de desarrollo social; y

  10. Crear y regular el Consejo Estatal de Desarrollo Social.

Artículo 3 Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
  1. Beneficiarios: Las personas que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente, formando parte de la población atendida por los programas sociales;

  2. COPLADEHI: El Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Hidalgo, regulado por la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Hidalgo;

  3. COPLADEM: El Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal regulado en la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Hidalgo;

  4. Dependencias: Las Secretarías que conforman al Poder Ejecutivo y que constituyen la Administración Pública Central en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública;

  5. Desarrollo Social: El proceso de mecanismos y políticas públicas permanentes que generen condiciones para la incorporación plena de individuos, grupos y sectores de la sociedad, comunidades y regiones, al mejoramiento integral y sustentable de sus capacidades productivas y que su calidad de vida, garantice el disfrute de los derechos constitucionales, a fin de erradicar la desigualdad social;

  6. El Consejo: El Consejo Estatal de Desarrollo Social;

  7. Entidades: Los Organismos Descentralizados creados por Ley o Decreto del Congreso del Estado o por Decreto del Poder Ejecutivo Local, con personalidad jurídica y patrimonio propios;

    (REFORMADA, P.O. 15 DE AGOSTO DE 2016)

  8. Igualdad de Género: Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar;

  9. Estado: El Estado Libre y Soberano de Hidalgo;

  10. Ley: La presente Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo;

    (REFORMADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  11. Marginación: A la condición social en la cual las personas en hogares presentan carencias sociales y bajo ingreso, y se encuentran geográficamente fuera del acceso y disponibilidad de bienes y servicios necesarios para su desarrollo integral;

  12. Organizaciones: Las asociaciones civiles y sociales legalmente constituidas, cuyo objeto sea realizar actividades relacionadas con el desarrollo social, y todas aquellas que aunque no cuenten con registro reciban recursos del erario público;

    (REFORMADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  13. Padrón: Al Padrón Único de Personas Beneficiarias de los Programas Sociales, que es la relación oficial de beneficiarios que reciben programas estatales y municipales de desarrollo social cuyo perfil socioeconómico se establece en la normatividad correspondiente;

  14. PED: Plan Estatal de Desarrollo;

    (REFORMADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  15. Pobreza: La incapacidad de un individuo o un hogar de satisfacer de manera digna y suficiente sus necesidades básicas en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, transporte, recreación y servicios;

    (ADICIONADA, P.O. 29 DE ABRIL DE 2019)

  16. BIS. Pobreza multidimensional: situación de las personas cuyos ingresos son insuficientes para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades, y presenten carencia en al menos uno de los siguientes seis indicadores: rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación;

  17. Política Social: El conjunto de políticas, estrategias, programas y acciones de Gobierno y de la sociedad que, de manera integral y con una visión común, articulan procesos que potencien y garanticen el desarrollo sostenible y con equidad que se transforme en bienestar y calidad de vida para la sociedad;

  18. Programas Sociales: Aquellos programas públicos, privados o mixtos, que sustenten la operación de alguna de las políticas definidas en el marco de esta Ley;

  19. Registro Social: La base de datos de la sociedad que en coordinación con las Autoridades Estatales y Municipales contribuyen al desarrollo y/o a la asistencia social en la Entidad;

    (ADICIONADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  20. BIS. Reglas de operación: Documento normativo que establece aspectos técnicos y operativos de los programas de desarrollo social;

  21. Secretaría: La Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Hidalgo, como dependencia coordinadora de programas, políticas y acciones en materia de Desarrollo Social;

  22. Sistema: El Sistema Estatal de Desarrollo Social;

    (REFORMADA, P.O. 1 DE ABRIL DE 2019)

  23. Zonas de Atención Prioritaria: Las áreas o regiones de carácter rural o urbano, definidas por la Secretaría, cuya población registra pobreza y altos grados de marginación, indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos sociales establecidos en esta Ley;

    (REFORMADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  24. Contraloría Social: Mecanismo de los beneficiarios, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social;

    (REFORMADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  25. Comités de Contraloría Social: Instrumento de que disponen los beneficiarios y la sociedad de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica, para verificar el cumplimiento de las metas y los programas de desarrollo social, la correcta aplicación de los recursos destinados a cada programa social, así como para interponer quejas o denuncias ante la autoridad competente; y

    (ADICIONADA, P.O. 10 DE MAYO DE 2021)

  26. Exclusión social: A la condición de las personas en la cual la insuficiencia de vínculos con la sociedad le limitan una adecuada integración y desarrollo...

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