Ley que Crea el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Union de Tula, Jalisco
LEY QUE CREA EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE UNIÓN DE TULA, JALISCO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 12 DE OCTUBRE DE 2019.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el martes 8 de octubre de 1996.
Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Alberto Cárdenas Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente
DECRETO
Número 16186. El Congreso del Estado Decreta:
LEY QUE CREA EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE UNIÓN DE TULA, JALISCO.
Para la administración, operación y mantenimiento del servicio de agua potable y alcantarillado en las Delegaciones y Agencias Municipales, el Sistema podrá constituir Juntas Auxiliares de Administración, operación y mantenimiento, previo acuerdo del Cabildo.
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
El Consejo de Administración se integrará por:
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El Presidente Municipal o su representante, quien presidirá el Consejo;
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El Tesorero Municipal que a su vez, será el Tesorero del Consejo;
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El Director de Obras Públicas Municipales;
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El Director General del Consejo, que será nombrado por el cabildo;
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El Regidor encargado de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado.
Los funcionarios citados en las fracciones anteriores durarán en su encargo el período correspondiente a la administración municipal;
(REFORMADA, P.O. 12 DE OCTUBRE DE 2019)
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Un representante de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial;
(REFORMADA [N. DE E. REPUBLICADA], P.O. 12 DE OCTUBRE DE 2019)
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Un representante de la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco;
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Un representante de la Comisión Nacional del Agua.
Los representantes previstos por las fracciones V, VI y VII, acreditarán su representación mediante oficio expedido por la autoridad competente de cada dependencia, pudiendo éstas, removerlos en cualquier momento y a su vez, substituirlos;
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Tres representantes de los usuarios de la Cabecera Municipal, electos por los demás miembros del Consejo de Administración del Sistema, a propuesta del Presidente, y
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Un representante de cada una de las Juntas Auxiliares que se constituyan y que sólo formará parte del Consejo, cuando se traten de asuntos relacionados con la localidad a la que pertenezcan aquéllas.
Los representantes citados en las fracciones anteriores durarán en su encargo el período correspondiente a la administración municipal.
Por cada consejero propietario habrá un suplente.
Los acuerdos y determinaciones serán por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Los integrantes del Consejo, distintos al Presidente, al Tesorero y al Director General, tendrán el carácter de vocales.
DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
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Discutir, aprobar y proponer al Ayuntamiento de Unión de Tula, Jalisco, el Presupuesto de Egresos de cada anualidad, que le presente el Director General, para que a su vez, se someta para su aprobación definitiva al Cabildo del H. Ayuntamiento;
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Proponer al Cabildo de Unión de Tula, Jalisco, las tarifas para el cobro e instalación de los servicios de agua potable y alcantarillado, para que a su vez, sean sometidas a la aprobación del Congreso del Estado, en la Ley de Ingresos para cada ejercicio fiscal;
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Con base a las disposiciones de la Ley de Ingresos correspondiente, para el municipio de Unión de Tula, Jalisco, determinar los casos en que los servicios deberán cobrarse a cuota fija o en base de medidor, cuando se trate del suministro de agua potable;
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Nombrar y remover al personal de confianza del Sistema, en los términos de la ley y exigir, cuando proceda, que cuestionen su manejo;
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Formular, discutir, aprobar y modificar en su caso, los reglamentos exterior e interior de Trabajo del Sistema;
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Revisar y aprobar, en su caso, los programas que le sean presentados por el Director General;
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Recaudar y manejar los fondos derivados de la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado, de acuerdo a las cuotas que se establezcan en la Ley de Ingresos para el Municipio de Unión de Tula, Jalisco, llevando la contabilidad correspondiente, todo ello, a través de la Dirección General y de la Tesorería del Sistema;
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Celebrar cada tres meses, como...
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