Ley que Crea la Escuela Secundaria '16 de Septiembre' del Pueblo de Candelaria, Campeche

LEY QUE CREA LA ESCUELA SECUNDARIA "16 DE SEPTIEMBRE" DEL PUEBLO DE CANDELARIA, CAMP.

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Campeche, el sábado 26 de septiembre de 1970.

LIC. CARLOS SANSORES PEREZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, a sus habitantes, sabed:

Que el H. XLVI Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, me ha dirigido el siguiente:

DECRETO:

El H. XLVI Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, decreta:

Número 103

LEY QUE CREA LA ESCUELA SECUNDARIA "16 DE SEPTIEMBRE" DEL PUEBLO DE CANDELARIA, CAMP.

Artículo 1 Se crea la Escuela Secundaria "16 de Septiembre" del pueblo de Candelaria, Cam., que funcionará en el propio lugar.
Artículo 2

La Escuela que se crea dependerá del Gobierno del Estado; adoptará el plan de estudios y calendario escolar de la Escuela Secundaria del Instituto Campechano, y se sujetará, en todo lo relativo a su organización y funcionamiento en lo conducente, al Reglamento de esta Escuela, entretanto la autoridad suprema de la que se crea, elabore su propio Reglamento, que someterá a la aprobación del Ejecutivo del Estado.

Artículo 3 En todo lo no previsto o no conducente en el Reglamento cuya aplicación transitoriamente se autoriza, resolverá el Gobernador del Estado.
TRANSITORIOS:
  1. - Esta Ley entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

  2. - El Gobernador del Estado nombrará al Director, Personal Docente y Administrativo de la Escuela. El personal docente será propuesto en terna por el Director al Gobernador del Estado. El personal Administrativo estará constituido por un Secretario-Tesorero y demás empleados que fueren necesarios.

  3. - Por esta sola vez, el período de inscripciones quedará comprendido entre el 28 de septiembre y 7 de octubre del año en curso; la (sic) labores escolares comenzarán el día 5 de octubre, y en lo sucesivo, en la fecha que determine el Calendario Escolar; y el año lectivo concluirá el día 31 de julio de 1971.

  4. - Mientras se expida y publique el Reglamento de la Escuela, que contendrá la tarifa general de...

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