Ley que Crea el Consejo de Armonizacion Contable del Estado de Colima
LEY QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACION CONTABLE DEL ESTADO DE COLIMA
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en el suplemento No.1 del Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 20 de agosto de 2011.
DECRETO No. 352
POR EL QUE SE APRUEBA LA "LEY QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE COLIMA".
LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente
DECRETO
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y
C O N S I D E R A N D O .
Por lo anteriormente expuesto se expide el siguiente
DECRETO No. 352
"ARTÍCULO ÚNICO.- Es de aprobarse y se aprueba la Ley que Crea el Consejo de Armonización Contable del Estado de Colima, para quedar en los siguientes términos:
"LEY QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE COLIMA"
EI Consejo de Armonización Contable del Estado, es un órgano de coordinación que tiene por objeto coadyuvar en el proceso de implementación de los acuerdos aprobados por el Consejo Nacional de Armonización Contable y establecer las normas técnicas específicas, lineamientos complementarios y metodologías que faciliten la observancia y aplicación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
-
Consejo: el Consejo de Armonización Contable del Estado;
-
Presidente: el Presidente del Consejo de Armonización Contable del Estado; y
-
Secretario Técnico: el Secretario Técnico del Consejo de Armonización Contable del Estado.
De la Integración y Funcionamiento del Consejo de Armonización Contable del Estado
-
EI Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado, en calidad de Presidente;
-
EI Oficial Mayor del Congreso del Estado;
-
EI Jefe de la Unidad de Apoyo Administrativo del Supremo Tribunal de Justicia del Estado;
-
EI Director de Egresos, Contabilidad y Registro de Deuda de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, quien fungirá como Secretario Técnico;
-
EI Auditor Superior del Estado;
-
EI Contralor General del Gobierno del Estado;
-
EI Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Colima, A. C.;
-
Los Presidentes Municipales de los municipios que integren la Comisión de Coordinación Fiscal, en representación de los diez Ayuntamientos de la entidad; y
-
EI Director General del Instituto Técnico Hacendario del Estado.
Los Presidentes Municipales podrán ser suplidos únicamente por los respectivos tesoreros municipales.
EI Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Colima, A. C., podrá ser suplido por el vicepresidente, previa comunicación por escrito al Presidente.
En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
EI Presidente convocará por escrito a los integrantes del mismo a trabajar en sesiones, por conducto del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba