Ley del Boletin Oficial

LEY DEL BOLETÍN OFICIAL

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL: 9 DE ENERO DE 2014.

Ley publicada en la edición especial del Boletín Oficial del Estado de Sonora, el martes 27 de julio de 1993.

EL C. LIC. MANLIO FABIO BELTRONES RIVERA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme la siguiente L E Y :

N U M E R O 295

EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE

L E Y

DEL BOLETIN OFICIAL

ARTICULO 1o La presente Ley tiene por objeto regular la publicación del Boletín Oficial, del Gobierno del Estado de Sonora.
ARTICULO 2o

El Boletín Oficial es el órgano del Gobierno del Estado de Sonora, de carácter permanente e interés público, cuya función y servicio específico es el de publicar en el territorio del Estado de Sonora, las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, notificaciones, órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; así como los acuerdos, bandos, reglamentos y demás actos, expedidos por los municipios, a fin de que sean aplicados y observados debidamente.

ARTICULO 3o Serán materia de publicación en el Boletín Oficial:
  1. Las leyes, decretos y acuerdos expedidos por el Congreso del Estado;

  2. Los acuerdos, decretos, reglamentos, y las órdenes y circulares que sean de interés general, emitidos por el Ejecutivo del Estado;

  3. Los convenios que celebre el Ejecutivo del Estado con la Federación, con otros Estados y con los Municipios;

  4. Los actos o resoluciones que por su importancia así lo determine el Gobernador del Estado;

  5. Los acuerdos, órdenes y circulares emitidos por los titulares de las...

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