ANEXO DE EJECUCION DE LA OBRA DE MODERNIZACION Y AMPLIACION DE CAMINO TIPO âCâ JICOTE - LOS SALAZARES - LAS PILAS (EL TEPEGUAJE) DEL KM0+000 AL KM 4+840 EN LOS MUNICIPIOS DE SAN BLAS, SANTIAGO IXCUINTLA Y TEPIC; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ETADO DE NAYARIT; Y POR OTRA PARTE LOS AYUNTAMIENTOS DE SAN BLAS, SANTIGO IXCUINTLA Y TEPIC
ANEXO DE EJECUCION DE LA OBRA DE MODERNIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE
CAMINO TIPO “C” JICOTE-LOS SALAZARES-LAS PILAS (EL TEPEGUAJE), TRAMO:
LOS SALAZARES-LAS PILAS (EL TEPEGUAJE) DEL KM 0+000 AL KM 4+840, EN LOS
MUNICIPIOS DE SAN BLAS, SANTIAGO IXCUINTLA Y TEPIC, NAYARIT, EN
ADELANTE “LA OBRA”, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA
BASICA PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, EN ADELANTE “EL
PROGRAMA”, DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS
PUEBLOS INDIGENAS, EN LO SUCESIVO “LA COMISION”, QUE CELEBRAN POR
UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
NAYARIT, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS, ING. GERARDO SILLER CARDENAS; EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN,
PROGRAMACIÓN
Y
PRESUPUESTO
Y
COORDINADOR
GENERAL
DEL
COPLADENAY, ING. JOSÉ VICENTE ROMERO RUIZ; EL SECRETARIO DE
DESARROLLO SOCIAL, LIC. ORLANDO JIMÉNEZ NIEVES; RESPECTIVAMENTE; A
LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LAS ENTIDADES DESIGNADAS”
Y COMO RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DEL PROGRAMA A LA
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, REPRESENTADO POR SU TITULAR EL ING.
GIANNI RAÚL RAMÍREZ OCAMPO A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
CONSTITUCIONALES DE SAN BLAS, NAYARIT, REPRESENTADO POR LOS CC MC.
PORFIRIO LÓPEZ LUGO, PRESIDENTE MUNICIPAL; PROFR. TOMAS GAMBOA
SATARAIN, SECRETARIO Y C. JOSÉ RAMÓN FIGUEROA HERNÁNDEZ, SÍNDICO DEL
MISMO; SANTIAGO IXCUINTLA; NAYARIT REPRESENTADO POR LOS CC LIC.
MIGUEL PAVEL JARERO VELÁZQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL, PROFR.
EDUARDO LUGO LÓPEZ, SECRETARIO Y DR. ENRIQUE MACEDO ORTA, SÍNDICO
DEL MISMO; Y TEPIC, NAYARIT, REPRESENTADO POR LOS CC. ING. HÉCTOR
GONZÁLEZ CURIEL, PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC. ROCÍO VICTORIA ALEJANDRA
FLORES VELÁZQUEZ, SECRETARIA Y C. ROBERTO RUÍZ CRUZ, SÍNDICO DEL
MISMO; A LOS QUE SE LES DENOMINARÁ “LOS MUNICIPIOS” Y CUANDO ACTUEN
DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2013, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
-
de febrero de 2013 dio a conocer las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA”.
-
Las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA” precisan que los gobiernos de los estados designarán a las dependencias que serán responsables de la ejecución de “EL
PROGRAMA” y que las instancias ejecutoras podrán ser diversas dependencias y entidades federales, los gobiernos de los estados y municipios, así como “LA
COMISIÓN”, con apego a lo dispuesto por la normatividad federal en materia de obras públicas y adquisiciones.
-
Con fecha 13 de marzo de 2013 “LA COMISION” y el Gobierno del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, en adelante “EL GOBIERNO DEL ESTADO” suscribieron el
Acuerdo de Coordinación cuyo objeto es la ejecución de “EL PROGRAMA” de conformidad sus las Reglas de Operación durante el ejercicio fiscal 2013, en lo sucesivo “EL ACUERDO DE COORDINACION”.
Sábado 22 de Febrero de 2014 Periódico Oficial 3
DECLARACIONES
-
“LAS ENTIDADES DESGINADAS” declaran que:
I.1. Que las Secretarías de Administración y Finanzas, Planeación, Programación y
Presupuesto, Obras Públicas y Desarrollo Social, son dependencias de la
Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado en los artículos de Nayarit.”.
I.2. Que los titulares de las Secretarias que anteceden están facultados para suscribir el presente instrumento en nombre y representación del Poder Ejecutivo del Estado de
Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción X, 33, 34, 41 ter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.
I.3. Que señala como su domicilio para los efectos de este Anexo de Ejecución, el ubicado en Palacio de Gobierno, ubicado en Avenida México, entre las calles Mariano
Abasolo y Javier Mina, Zona Centro, C.P. 63000, en Tepic, Nayarit.
II.
II.1. Que la Secretaría de Obras Públicas, es una dependencia de la Administración
Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado en los artículos 1° y 31 fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.
II.2. Que el titular de la Secretaría que antecede está facultado para suscribir el presente instrumento en nombre y representación del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 26, 30 fracción X y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.
II.3. Que señala como su domicilio para los efectos de este Anexo de Ejecución, el ubicado en calle Eucalipto No. 70, de la Colonia Burócratas Federal C.P. 63156, en
Tepic, Nayarit
III.-
III.1. Que Los Municipios de San Blas, Santiago Ixcuintla y Tepic, son libres y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investidos de personalidad jurídica y patrimonio propio, y forman parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para Estado de Nayarit.
III.2. Que los Presidentes Municipales de los H. Ayuntamientos Constitucionales de San
Blas, Santiago Ixcuintla y Tepic; el Síndico y el Secretario, de cada uno de los municipios están facultados para la celebración del presente Anexo de Ejecución con fundamento en los artículos 64 fracción IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la
Ley Municipal para el Estado de Nayarit y los demás que le sean inherentes, para obligarse mediante el presente instrumento y bajo los lineamientos de este Anexo de
Ejecución.
III.3. Que cuentan con la Autorización de Cabildo para celebrar el presente Anexo y asumir los compromisos que aquí se establezcan.
III.4. Señala como domicilio para efectos del presente Anexo de Ejecución, el de la
Presidencia Municipal de San Blas, Santiago Ixcuintla y Tepic, Nayarit.
-
“LAS PARTES” declaran que:
IV.1. Se comprometen a cumplir con todas las obligaciones emanadas del presente instrumento jurídico, de “EL ACUERDO DE COORDINACION”, y las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación de “EL PROGRAMA” y la normatividad...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba